¿Omella está fuera del Dicasterio para los obispos?

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La web de información religiosa Religión Confidencial, se hacía eco hace unos días del rumor que corre en diferentes ámbitos eclesiásticos de que Don Juan José Omella habría dejado de formar parte de la Congregación de los Obispos, que ya no existe como tal, puesto que con la reforma de la Curia llevada a cabo por S.S. el Papa Francisco, y reflejada en la Constitución Apostólica "Praedicate Evengelium",  ahora se llama Dicasterio para los Obispos.
 
No se trata simplemente de un cambio de nombre, sino de una reforma estructural que afecta a toda la Curia Vaticana, y esos cambios podrían haber afectado a la presencia de nuestro arzobispo en ese cargo de privilegio, ya que desde allí se nombran a todos los obispos del mundo (con el visto bueno del Pontífice). Si uno escudriña dentro de la web del Vaticano, la extinta Congregación para los Obispos, ya no tiene miembros, tan sólo aparecen los nombres del anterior Prefecto (el cardenal Marc Ouellet) y el secretario (El arzobispo Ilson de Jesús Montanari), todo indica que ellos permanecerán en el cargo, a pesar de que el cardenal Ouellet ya tiene 78 años, y a los ochenta debe presentar su renuncia, aunque puede ser prorrogado por el Santo Padre.
 
Siguiendo la búsqueda en la web del Vaticano, podemos encontrar ya el nuevo Dicasterio para los Obispos, en el que efectivamente aparen Ouellet y Montanari en los cargos de Prefecto y secretario, pero entonces cuando uno mira la estructura del Dicasterio se da cuenta de la revolución que aparentemente se ha producido, Tan sólo hay cuatro cardenales (Arborelius,  Advincula, Tolentino de Mendoza y Grech) y ninguno de ellos formaba parte de la composición de la anterior Congregación. Es decir, que si esto es así (porque sale en la web oficial del Vaticano), han estado fulminados de un plumazo los 22 anteriores cardenales, lo que también podría interpretarse como la voluntad del Pontífice de que los Dicasterios tengan un número más reducido de miembros y, por tanto, sean más operativos.
 
El cardenal Marc Ouellet, Prefecto de la antigua Congregación para los obispos y ahora del Dicasterio
 
Y otro detalle más importante, los actuales miembros del Dicasterio (siempre según la actual composición que indica la web vaticana), son todos menores de 75 años, también los tres arzobispos y los tres obispos, eso significa que cuando finalicen el periodo de cinco años para el que han sido elegidos, aún no habrán cumplido los ochenta que es la edad en que según la "Praedicate Evangelium" los miembros quedan automáticamente cesados.

Dicho de otra manera, si Don Juan José iniciara ahora un primer quinquenio en el nuevo Dicasterio de los Obispos, no podría finalizarlo porque, como todo el mundo sabe, el cardenal turolense ya tiene más de 76 años y a diferencia del Prefecto y secretario no pueden ser prorrogados más allá de los 80 años. Este sería un motivo razonable que podría haber hecho que Omella y los otros cardenales no estuvieran en el nuevo Dicasterio.

En medio de todos estos rumores, la web del arzobispado de Barcelona informa de que el cardenal Omella participará en la próxima reunión de la Congregación de los Obispos, primero fechada para el 22 de septiembre y después cambiada por el 6 de octubre, lo que parece que da a entender que Don Juan José sigue en la misma, pero es importante el detalle de que habla de "Congregación de obispos" es decir algo que ha sido disuelto para iniciarse algo nuevo como Dicasterio, por lo que podría tratarse de una reunión de fin de ciclo o de despedida de lo que fue la antigua Congregación.

Como Omella es mucho Omella más vale no darlo por muerto (en el nuevo Dicasterio), pero toda la actual información, indica que aparentemente no forma parte, si después las cosas cambian, eso ya es otra cosa, pero actualmente las cosas están así, y así se las hemos contado.

Antoninus Pius

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15 comentarios

  1. 1ª conclusión: en principio, pueden decir que una cosa es ser nombrado y otra estar posesionado, pues en este caso, se necesita una declaración de voluntad de aceptación del cargo y juramento de cumplir la ley.

    Constitución Apostólica "Praedicate Evangelium" sobre la Curia Romana y su servicio a la Iglesia y al mundo, 19.03.2022, dice en su artículo 250.3 que la presente Constitución Apostólica es, ahora y en el futuro, estable, válida y eficaz, logra perfectamente sus efectos a partir del 5 de junio de 2022, al menos por lo que respecta a la creación del organismo pluripersonal denominado Dicasterio para los Obispos en su artículo 103, el cual dice: "Corresponde al Dicasterio para los Obispos todo lo relativo a la constitución y provisión de las Iglesias particulares y al ejercicio del oficio episcopal en la Iglesia latina, sin perjuicio de la competencia del Dicasterio para la Evangelización."

    El 13 de julio de 2022 (Bolletino) fueron nombrados miembros del Dicasterio para los Obispos la relación que se encuentra en estos 3 enlaces:

    vatican.va/content/romancuria/it/dicasteri/dicastero-vescovi/struttura.html
    press.vatican.va/content/salastampa/it/bollettino/pubblico/2022/07/13/0533/01074.html
    vatican.va/roman_curia/congregations/cbishops/documents/rc_con_cbishops_pro_20011127_profile_it.html

    Salvo error u omisión mías, es una noticia muy mal redactada, pues sólo informa de su nombramiento, pero no de su posesión y juramento, lo cual da a entender que pueden ya estar ejerciendo su cargo de manera efectiva al haber pasado el tiempo suficiente para tomar posesión y juramento y ser de eficacia inmediata, pues fueron nombrados el 13 de julio y estamos ya en el 21 de septiembre. En Roma hacen lo que les da la gana, y como de costumbre, oscuridad y más oscuridad, que nadie sepa quiénes se van, no sea que la gente sepa que se van y que por ello pierden el cargo y, en consecuencia, han sufrido las iras de Zeus Tonante... vaya usted a saber...



    2ª conclusión. La segunda conclusión lógica es que Mons. Omella, como dijo Groucho Marx, si no está es que no está, y si no está es que ya no está: estuvo.

    Eso es una conclusión lógica, pues el Bolletino vuelve a cometer otro error administrativo, que es no informar de la fecha de cese efectivo de los anteriores cargos del Dicasterio, por lo que se supone que su cese fue eficaz desde el mismo 13 de julio, momento en que se nombraron a los nuevos miembros.




    3ª conclusión: ello nos pone en evidencia la tercera conclusión, que si es cierto lo que digo, las cosas se hacen muy mal en Roma, empezando por Bergoglio y acabando por Omella:

    oscurantismo, que nadie sepa que Omella y los otros han cesado, clericalismo a machamartillo, falta de información y transparencia, boletines oficiales mal redactados, normas jurídicas hechas con los pies o con la coronilla, mala ejecución jurídico-administrativa de la sucesión de normas, es decir, que el nombramiento, posesión, juramento y cese debía de haberse hecho en decreto donde se los nombraba, se fundamentaba la legitimación jurídica (esto se hace en virtud de rescripto en complimiento del art. 103 de...), y la secuencia jurídica de la posesión, juramento y cese.

    Me parece un desprecio al derecho y al Pueblo de Dios que nos tengamos que enterar de unos artículos periodísticos y de unos rumores para saber que sí, efectivamente (eso parece), Omella YA NO ES MIEMBRO DE LA CURA, DEL DICASTERIO DE LOS OBISPOS, fue expulsado del paraíso del Edén, y que si no hay un decreto o rescripto nuevo que lo reintegre de nuevo bajo una nueva fórmula, ya abandonó este ministerio de los obispos, pues ya NO EXISTE LA CONGREGACIÓN de los obispos desde el 5 de junio y sus miembros han sido cambiados el 13 de julio, y su reunión para el 6 de octubre HA SIDO ANULADA porque ya no existe dicha congregación...

    Bueno, esto se llama ha llegado la primavera en Roma... vaya, vaya...

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  2. Sinodalidad tal como fue en el principio (a)21 de septiembre de 2022, 4:21

    La sinodalidad que se nos promete debe de ser análoga a la sinodalidad que existía en la Iglesia durante el bajo imperio y al alta edad medieval. Todo debe de estar regido por la fraternitas del Populus Dei in populo pauperum, entre los pobres también. Todo basado en el consensus populi dei, la vox populi, vox Dei, la participación, deliberación y decisión de todo el Pueblo de Dios, como dijo la Patrística y los concilios medievales: lo que afecta a todos, por todos ha de ser decidido, principio del clerus populusque. Si se hizo en la época romano-medieval, más en nuestra era altotecnológica del 2022: se puede hacer, se debe de hacer.


    1. SINODALIDAD EN LA ELECCIÓN DE OBISPOS

    Cada vez que se produzca una vacante en una diócesis, ahora se actúa bajo el principio de altoclericalidad: el Nuncio propone a la Santa Sede una terna de nombres, previa su investigación sobre la idoneidad de los candidatos y demás circunstancias que concurran en la diócesis: ha de preguntar al Arzobispo metropolitano, resto de Obispos de la provincia eclesiástica, al presidente de la Conferencia Episcopal (española y catalana, Omella y Planellas, je), y a algunos "personajes relevantes" de la diócesis con la vacante: se prescribe la consulta de algunos miembros del Colegio de Consultores y del Cabildo de la Catedral, y SÓLO SI ES CONVENIENTE, puede pedir la opinión de "clérigos regulares y seculares" así como de "laicos que destaquen por su sabiduría”. En la terna de nombres pueden aparecer presbíteros y otros Obispos.

    En la Santa Sede, el organismo competente en las diócesis de rito latino, tanto para recibir las listas a elaborar por los obispos como para recibir la terna de nombres que propone el Nuncia es la Congregación (ahora dicasterio) para los Obispos como norma común.

    De otro lado, el canon 377.2 dice que cada 3 años, los Obispos de la provincia eclesiástica o los de la Conferencia Episcopal, deben elaborar de común acuerdo Y BAJO SECRETO, una lista de presbíteros que sean más idóneos para el episcopado, y han de enviar esa lista a la Sede Apostólica, permaneciendo firme el derecho de cada Obispo de dar a conocer particularmente a la Sede Apostólica nombres de presbíteros que considere dignos e idóneos para el oficio episcopal.

    El canon 378.1 prescribe las condiciones de la idoneidad de los candidatos al Episcopado: fe, buenas costumbres, piedad, celo por las almas, sabiduría, prudencia, virtudes humanas, cualidades, buena fama, 35 años, 5 años de cura, doctor, licenciado o experto en unas materias...

    Pero este secretismo y clericalismo ha de ser enterrado y finiquitado y ajustados en su justa medida: ha de haber reserva de secreto a partir de un cierto punto, y el nombramiento final es clerical (Papa). Todo el Pueblo de Dios (laicos, clérigos y religiosos) tiene derecho a ser oído, a participar en las deliberaciones y decisiones de, como mínimo, la elaboración de los candidatos, teniendo información completa de la biografía y de las condiciones de idoneidad, emplazando a quien tenga deméritos de los candidatos a que lo publiciten, a oír a expertos, a tener los problemas y necesidades de la diócesis, a realizar un juicio de residencia al anterior obispo saliente para que responda de sus deméritos y méritos.


    2. SINODALIDAD EN LA ELECCIÓN DE PRESBÍTEROS

    El nombramiento de párrocos corresponde al Obispo diocesano como norma general. Al producirse la vacante, el Obispo ha de oír al Arcipreste sobre la idoneidad de los candidatos, e igualmente puede ser asesorado por el Consejo Episcopal y en diálogo con los afectados (cura y parroquianos), pudiendo oír a otros presbíteros o laicos y hacer las investigaciones que considere oportunas. Después de estas investigaciones, el Obispo puede proceder al nombramiento del párroco. Obviamente, lo tratado en los órganos de consejo del Obispo, como las conversaciones privadas del obispo con los sacerdotes, están amparadas por el secreto, y el nombramiento final es clerical (obispo).

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  3. Sinodalidad tal como fue en el origen (b)21 de septiembre de 2022, 4:22

    La idoneidad del presbítero es que sea de sana doctrina y probidad moral, estar dotado de celo por las almas y de otras virtudes (canon 521.2). Sus deberes son claros: anunciar la Palabra de Dios en su integridad, la Santísima Eucaristía es el centro de la vida parroquial, debe conocer a sus feligreses, promueve la función de los laicos, administra sacramentos (eucaristía de rodillas y en la boca: derecho fundamental), aplicar la Misa a su pueblo, predicar la homilía, formación catequética de los fieles, guarda con decoro los objetos de culto, enseña a padres y padrinos de bautizo, prepara al receptor de la Eucaristía... (cánones 528, 529, 530, 533, 534, 535, 538, 767, 776, 777, 851, 914, 1108, 1307...)

    Pero la sinodalidad debe de borrar todo lo que impida el libre y efectivo derecho de participación, deliberación y decisión del Pueblo de Dios, tanto para nombrar, trasladar y cesar curas y diáconos como cualquier otro miembro de la Curia diocesana, sea laico incluso: todo, todo, todo bajo la sinodalidad, hasta los institutos religiosos (¿cumplen su carisma?), los colegios religiosos (¿enseñan religión?), los hospitales religiosos (¿hacen abortos?) así como toda institución religiosa que reciba dinero del laico, quien es al final el que mantiene a la Iglesia. Y lo mismo para la venta de parroquias (¿sirve para la salvación de las almas del canon 1752?). Y también para los juicios de residencia de párrocos y diáconos en caso de traslados, ceses y nombramientos (¿son idóneos, han cumplido sus deberes?).

    No debe de haber límite alguno: Consensus populi dei, clerus populusque.



    3. SINODALIAD EN LA ELECCIÓN DEL PAPA

    El Papa se elige en cónclave, pero la sinodalidad debe de entrar, sí o sí o sí, en la materia de su elección. Ineludible ante este desastroso papado de Bergoglio, el peor de la historia de la Iglesia, con decisiones desastrosas como Amoris laetitia, Traditionis custodes, la entronización de Lutero, la Pachamama y el Gran Manitú de Quebec, la liturgia chamánica en Querida Amazonía...

    El Papa saliente debe de sufrir un judicio de residencia: cuáles son sus méritos y deméritos. La opinión del Populus Dei debe obligatoriamente de ser tenida en cuenta, tanto sobre la idoneidad del perfil de candidato en general y de la persona concreta, ha de tener información libre y transparente sobre todas las biografías de los papables, se ha de saber cuál es la problemática y necesidades de la Iglesia... el nombramiento de Bergoglio ha evidenciado una quiebra total del viejo sistema clericalista del monopolio altoclerical del Colegio Cardenalicio: ellos solos hacen el precónclave y el cónclave, ellos solos hacen el informe de problemas y necesidades, ellos solos eligen al Papa sabiendo sólo ellos la idoneidad de los candidatos... el resultado, politiqueo de la mafia de San Galo y elección catastrófica de un incompetente e incapaz.

    ¿Cómo puede hacerse? En principio, abrir para cada grupo lingüístico de cardenales, un listado de preguntas para que las contesten los laicos, al menos para que salgan los índices de relevancia: ¿Qué grado de interés le merece una atención sobre las indulgencias? Puntúe del 1 al 10... Evidentemente, hacer este listado se puede efectuar libres de la presión del anterior Papa (está muerto o cesado) y del nuevo (no existe), lo que es una oportunidad de libertad: por fin no hay Papa que coarte la libertad e imponga silencios, omisiones, mutismos, secretismos y hermetismos.

    Es evidente que la actual elección de Papas será ya un hecho obsoleto y anticuado históricamente, la sinodalidad debe y ha de llegar a sus máximos extremos, tanto en las parroquias, conventos, institutos, órdenes, hospitales, colegios, universidades, organismos, diócesis, conferencias episcopales, patriarcados y el papado con su curia (cobran de los laicos).

    Nada ha de estar libre de la sinodalidad, del clerus populusque, del consensus populi dei, de la fraternitas.

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    1. Ud sí que sabe! O al menos esto debe creer.

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    2. 9:55, le sugiero que lea historia eclesial, me gusta que lo haga, primero porque aumentará su cultura y la verdad le hará libre, y tal como a mí me pasó, no soy nada diferente. No acepte ignorar nada del pasado, pero pues desde Cicerón, se sabe qué todo hombre ignorante es un niño, pero no un ciudadano, y que ignorar el pasado tiene la condena de revivirlo. Además se necesita de más inteligencia colectiva y usted puede participar... si sabe. Cuantos más sepan y actúen, que mejor para el bien común.

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  4. Omella ya esta en tiempo de descuento igual que Osoro.

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    1. Da la sensación de que no sólo lo han sacado por la cuestión de los límites de edad, sino también por sus últimas desastrosas actuaciones, como fue aprobar una agrupación de parroquias en Barcelona contrarias al bien común y a la salvación de las almas y hacerlo sin sinodalidad, el cierre de los templos y de las misas durante el covid, así como la venta de la parroquia del Espíritu Santo sin sinodalidad y contra la salvación de las almas, y la catastrófica aprobación de los documentos presinodales apostaticos en su condición de arzobispo de Barcelona y de presidente de la Conferencia Episcopal de España que tuvieron lugar en Barcelona el 29 de mayo y en Madrid el 11 de junio... Es un pato cojo...

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  5. Según Religión Digital, Omella sigue perteneciendo al Dicasterio/ Congregación para los Obispos:

    https://www.religiondigital.org/el_baron_rampante/Benavent-Valencia-canizares-omella-osoro-congregacion-obispos-pueyo-vaticano-espana-emilio-rocha_7_2489221059.html

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    1. "Omella, que sigue siendo miembro de la Congregación de Obispos pese a informaciones interesadas, participará (seguramente on line, al ser su aniversario de ordenación) el próximo 22 en la reunión de dicasterio donde podría decidirse el relevo de Cañizares"

      Cierto, pero no existe la Congregación y sí el dicasterio, y el Vaticano NO HA NOMBRADO a Omella como miembro del dicasterio, luego los del Vaticano ni saben redactar sus propias normas, por que los nuevos nombramientos no mencionan para nada a Omella, por lo que debería ser el Vaticano y el mismo Omella y el propio dicasterio de los obispos que nos expliquen esta absurda situación.

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    2. La única explicación racional posible es de que los 25 miembros que existían en la antigua congregación para los obispos, se hayan sumado los 14 nuevos nombramientos del 13 de julio pertenecientes al nuevo dicasterio para los obispos, por lo que tendremos a 39 miembros en el nuevo dicasterio.

      Esto es así para intentar comprender esta absurda situación imputable culposamente al propio Vaticano, que ya no sabe ni escribir ni explicarse, puesto que si Omella participa en el dicasterio para los obispos en la próxima reunión, la lógica indica que ha habido esta fusión de los 25 antiguos miembros de la congregación conjuntamente con los 14 nuevos miembros del dicasterio.

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  6. Hace semanas se pedía en un comentario cuáles son las Parroquias Germinantes en Barcelona, al menos indicar algunas para decidirme y participar en ellas. Muchas gracias.

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    1. No hay ninguna que valga la pena...

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    2. El comentarista de las 21:12 debe estar de broma. Al anónimo de las 17:27, lo ideal sería que usted participara en su Parroquia. Su pequeño granito de arena seguro que mejoraría las cosas, en el caso de que fuera necesario. Y Dios se lo recompensaría. Si pudiera hablar con usted de diría más cosas y si me deja su teléfono aquí, le llamo y hablamos. En todo caso, le recomiendo muy vivamente que frecuente Santa María de Montalegre: https://www.montalegre.org/es/horarios/misas/. Yo no soy del opus, pero cada día les valoro más. Acudo allí a confesarme, muchas veces. Las Misas son austeras, por culpa de la poca colaboración de los laicos, supongo. Pero los sacerdotes son sencillos, serios y equilibrados y están todos en armonía entre ellos (cosa que ahora es casi un milagro incluso en Parroquias donde antes hubiera sido impensable). Siempre los hay disponibles. Con esto, le dejo sin duda en buenas manos.

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  7. Hay dos errores en la noticia y comentarios, fruto del desconocimiento del modo como procede la Santa Sede.
    1. Ese elenco de NUEVOS miembros no sustituye al anterior, sino que se añaden al mismo.
    2. El Bollettino publica solo los nuevos nombramientos, pero no si son renovados (o no) por otro quinquenio.

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    1. La pág. web de la Santa Sede (www.vatican) en versión italiana está actualizada al nuevo cambio de la curia vigente (congregación de los obispos) es ahora Dicasterio de los Obispos, y está claro quienes son son sus miembros actuales.
      Esperemos que pronto actualicen las otras lenguas.

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