El fiasco de Omella-Arana con "Infancia robada"

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El cardenal Juan José Omella saluda a algunos de los miembros de "Infancia Robada"
 
El cardenal Juan José Omella como todos los mortales, tiene aciertos y errores, el problema es que para algunas cuestiones de trascendental importancia siempre va de la mano del jesuita Germán Arana, y eso no es garantía de éxito, ni mucho menos, porque actúa como si fuera infalible y con un poder ilimitado e incontestable, pero errores los comete y algunos de bulto.
 
El tema de la pederastia es muy delicado, ya lo es en una diócesis tan grande como Barcelona, pero mucho más cuando estás al frente de la Conferencia Episcopal Española. Ante el vértigo que sentía nuestro cardenal por esta cuestión, optó inicialmente por hacerse el despistado, pedir mucho perdón, que eso se le da muy bien, pero no comprometerse a nada de envergadura. Pensó que pasaría la tormenta provocada por el informe francés, y la cuestión se iría desvaneciendo, pero no fue así, entonces no tuvo otra que mover ficha, pero no se la podía jugar a que le pasara lo mismo que en nuestro país vecino, así que tenía que buscar a alguien de total confianza, y allí es donde aparece el Bufete Cremades-Calvo Sotelo.

Y es que muchos de estos obispos con tendencia aperturista, incluyendo el mismo Pontífice, cuando tienen un marrón, acaban recurriendo al Opus Dei, porque saben que es apostar sobre seguro, y aunque la institución no les caiga demasiado bien, saben perfectamente que son gente discreta, eficaz y obediente. Muchas veces esto sucede después de haberse estrellado con otras propuestas mucho más progresistas que acabaron en fracaso cuando no en problemas serios.
 

Omella recibió a "Infancia Robada" en la Sede de la Conferencia Episcopal
 
En el caso que nos ocupa, se ha jugado a riesgo cero, y se contrató directamente al bufete, sabiendo que su máximo responsable es miembro del Opus Dei, de esa manera Omella daba la cara ante la opinión pública diciendo que  los obispos españoles no se iban a quedar con los brazos cruzados ante el tema de la pederastia del clero, y actuarían de una manera similar a otros países, pero, por otra parte, todo quedaba controlado, ya que el Bufete jugaría a favor de la Iglesia, y no en contra de ella.
 
Pero la jugada de la aparente transparencia y de la voluntad de colaboración con los afectados, tenía más sorpresas de cara a la galería y una de ellas era la de hacerse la foto con algunas de las entidades que representan los intereses de las víctimas de la pederastia. Una de estas entidades era "Infancia robada", la foto se consiguió, pero la cosa acabó como el Rosario de la Aurora, ya que sus representantes dejaron bien claro que con el Bufete Cremades-Calvo Sotelo no querían saber nada, entre otras cosas porque se habían enterado de su vinculación con el Opus Dei, al que acusan de encubrir algunos casos de pederastia tanto propios como externos.

Don Juan José lo tuvo fácil para solicitar la entrevista, había muchos vínculos en el pasado cuando el entonces obispo de La Calzada-Logroño había intervenido activamente al lado de una familia del caso Gaztelueta, contra un Colegio del Opus Dei y el profesor que realizó los abusos. Omella se movió y mucho en aquella ocasión y no le tembló la mano aún sabiendo que era un caso que lastimaba la imagen de la Obra de San Josemaría. El ahora cardenal barcelonés entabló mucha relación con algunos de los perjudicados por aquel caso, que ahora son los cabecillas de "Infancia robada".
 

El P. Germán Arana a la derecha del obispo encubridor Juan Barros
 
Pero hay que tener poca vista para no darse cuenta de que unas víctimas que no pueden ver al Opus Dei ni en pintura, les pidas que se pongan en manos del Bufete Cremades-Calvo Sotelo, sabiendo que su jefe pertenece a la Obra. Así que el asunto acabó en fiasco, y el objetivo del tándem Omella-Arana por los suelos.

Otras entidades de víctimas ya han anunciado su poca voluntad de colaborar con el Bufete, y eso que sólo saben lo de sus vínculos con el Opus Dei, y probablemente aún no se han enterado de que el P. Germán Arana promocionó y protegió al obispo Juan Barros, en la diócesis chilena de Osorno, que encubrió los abusos sexuales del sacerdote Fernando Karadima, y que ocasionó que el mismo Pontífice tuviera que pedir perdón por haber defendido a Barros, siguiendo los informes favorables del jesuita, con el que el Papa tenía una confianza ciega. 

Pues en esas manos estamos, como para seguir haciendo caso de los consejos del "señor del gran poder".

Francisco Fabra

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13 comentarios

  1. No sólo eso: el fundador de "Infancia Robada", Juan Cuatrecasas, es senador del PSOE, con lo cual está en tela de juicio no sólo la neutralidad de Cremades-Calvo Sotelo sino de la propia asociación que en teoría pretende defender a las víctimas de la pederastia. Está claro que no le interesan todas, sino sólo las de la Iglesia, y para desgastar a la institución siguiendo los dictados del PSOE.

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  2. Ya vale con el nombre de la diócesis riojana, que es Calahorra y La Calzada-Logroño. Es más, si la llaman de Calahorra a secas es pasable, pero "La Calzada-Logroño", es no tener idea de nada.

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    1. El nombre oficial es: Calahorra - Loggroño - La Calzada. Decir lo contrario "es no tener idea de nada"!

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  3. "Otras entidades de víctimas ya han anunciado su poca voluntad de colaborar con el Bufete, y eso que sólo saben lo de sus vínculos con el Opus Dei, y probablemente aún no se han enterado de que el P. Germán Arana promocionó y protegió al obispo Juan Barros, en la diócesis chilena de Osorno, que encubrió los abusos sexuales del sacerdote Fernando Karadima, y que ocasionó que el mismo Pontífice tuviera que pedir perdón por haber defendido a Barros, siguiendo los informes favorables del jesuita, con el que el Papa tenía una confianza ciega."

    Parece que Bergoglio psicológicamente es un impulsivo no reflexivo, además de tener grandes desconocimientos en teología, liturgia, derecho, moral, eclesiología, bíblica y espiritualidad. Sarcásticamente, dicen que el bávaro Ratzinger dijo que "al menos estudió durante el seminario"...

    La impulsividad irreflexiva lo prueba este caso de Barros-Karadima, pero también el caso del Padre Román, que fue absuelto judicialmente por falta de credibilidad del denunciante y la falta de pruebas.

    El caso Romanones fue mundialmente conocido gracias a la metedura de pata de Bergoglio. En efecto, el patio de vecinas marujas y cotillas del mundo entero se enteró de este presunto caso de abusos a menores por curas, "gracias" a la llamada que hizo el Papa Francisco a la supuesta víctima para pedirle perdón en nombre de la Iglesia y animarle a denunciar. Vamos, se lanzó a la piscina en invierno, sin mirar siquiera si había agua, y destruyó así la presunción de inocencia del padre Román y dio a la denuncia del falso denunciante la virtud de una sentencia condenatoria firme irrecurrible.

    Luego vino la redención de Román: Bergoglio recibió y pidió perdón al sacerdote absuelto por abusos: perdón, perdón, perdón, perdón y perdón...

    Pero nuestros obispos "ignoran" que no sólo existe la condena o absolución judicial civil o eclesiástica, también existe la condena civil y moral de los ciudadanos con sus prejuicios derivada, en gran parte, de la ignorancia de los ciudadanos y de la maldad de los medios de comunicación, y como muchos son ignorantes del resultado final -inocente-, siempre muchos estarán con la idea de que se pensaba que era el caso más grande de pederastia de la Iglesia española (se dice que afectaba al 7% del clero de Granada), y nuestros hombres-maruja siempre diciendo: “¡Oh!, sí... estos curas repugnantes que abusaron de unos chavales en Andalucía. Eran una clase de secta para pasársela bien, ¿no?”.

    Como ha dicho Elio Gallego de CEFAS en el Congreso Jóvenes y Compromiso Cívico que se celebra en Madrid, "en una sociedad de masas la realidad queda mediada por los grandes canales de comunicación y que, en consecuencia, la capacidad de percibir lo real viene condicionada por esos mismos canales. Que en su abrumadora mayoría sean progresistas significa en la práctica que la percepción y sentir común de la realidad se haya sesgada y deformada.". Y más aún si son medios prostituidos por las subvenciones de Sánchez y las autonomías del PSOE, PP y ERC-Junts o PNV, y que dichas subvenciones son imprescindibles para que no quiebren.

    Bergoglio, como prefecto del Dicasterio Gualdrapa de la Meteduría de Pata y Gamba, ahora haciendo de las suyas, a su edad, en su progre quedabién: "Francisco lamenta con un grupo de indígenas canadienses una tragedia que nunca ocurrió."

    infovaticana.com/2022/03/29/francisco-lamenta-con-un-grupo-de-indigenas-canadienses-una-tragedia-que-nunca-ocurrio/

    Dios nos envía a los progres para castigar nuestros pecados... y sí, no hay peor enemigo que el de casa... :)

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    1. Totalmente de acuerdo con la visión de Fabra y desde luego que Omella no sabe gestionar nada y que su firme voluntad ha sido, es y será silenciar cuanto antes todo y dejar tascurrir el tiempo. La Iglesia es experta en manejar los tiempos. Siempre con las víctimas y lo loable y justo sería exigir una reparación para ellas.

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  4. Los derechos humanos de los responsables (1)30 de marzo de 2022, 4:34

    Se dice que el organismo presidido por Ángel Gabilondo recabará denuncias y elaborará un informe sobre la pederastia en la Iglesia.



    1. La versión comunista de Podemos dice que el PSOE hará una ley para que los obispos colaboren y comparezcan ante la comisión y que las supuestas víctimas declaren en público, y que será una "comisión de la verdad"



    2. La versión del PSOE es que no habrá cambio de ley, y que las asociaciones sólo comparecerán en la Comisión de Justicia para valorar las conclusiones del informe y proponer medidas, y que saldrá por Navidad del 2022 y será presidido por el Defensor del Pueblo Ángel Gabilondo, exfraile de un colegio donde hubo abusos.



    La proposición no de ley al Pleno 162/000939, dicen que ha sido aprobada diciendo esto:



    "la comisión, presidida por el Defensor del Pueblo, estará formada por "personas expertas" y "tendrá como objetivo contribuir a:

    a) la determinación de los HECHOS y responsabilidades,
    b) a la REPARACIÓN de las víctimas
    c) y a la planificación de las políticas públicas orientadas a la PREVENCIÓN Y ATENCIÓN de los casos de abusos sexuales sobre niños, niñas y adolescentes"



    El tema c), la prevención y atención a las víctimas de abusos EN TODOS LOS ÁMBITOS no tiene ningún inconveniente, pero hay que indicar que deberá de haber una norma jurídica compulsiva que lo haga válido y eficaz, pues sólo la ley puede pasar el control de constitucionalidad de jueces y del Tribunal Constitucional, más las garantías que tiene toda ley debido a que pasa el control de legalidad y eficacia de diversos organismos, además de contar con la audiencia pública.



    Sin ley, la prevención y atención no son jurídicamente completas, plenas y sujetas a control jurisdiccional. Si no, yo podría hacer cualquier plan de prevención y atención y decir que no sólo es obligatorio jurídicamente, sino que está bien hecho, sin carencias, lagunas, vacíos, imperfecciones e ilegalidades.



    En cuanto a los temas a) y b), establecer los hechos y responsables con su grado de culpabilidad, más la reparación económica de las víctimas, esto si que no puede ser válido de ninguna de las maneras. Sólo la justicia penal y civil tienen plenas competencias para establecer nada más y nada menos que la afectación de los derechos humanos de los supuestos autores, porque para el Estado de Derecho:



    1. Los supuestos autores gozan de todas las garantías judiciales, en concreto, las más trascendentales: derecho de presunción de inocencia de personas físicas y jurídicas (la Iglesia) y derecho a guardar silencio y a no declarar contra sí mismo, derecho a no quedar indefenso, derecho a estar presentes, derecho a ser defendidos por letrados, derecho a presentar pruebas de descargo con tiempo suficiente, derecho a ser oídos, derecho a un juicio justo contradictorio y con plenas garantías, derecho a recurrir, casar y apelar ante los tribunales españoles y europeos, entre otros derechos.



    2. Teniendo en cuenta los errores judiciales y las sentencias de absolución del cardenal Pell y del Padre Román, una simple declaración nunca jamás puede convertirse en el equivalente a una sentencia definitiva, firme e irrecurrible.


    Una comisión, para empezar, no puede exigir un comportamiento probatorio imposible, una prueba imposible o diabólica a los supuestos responsables (probad que sois inocentes), porque causaría indefensión al no poder justificar procesalmente sus derechos e intereses legítimos (STC 14/1992 y STC 116/95).



    De otra parte, la búsqueda de la verdad material es el objetivo central del proceso, por lo que una comisión tiene muchos límites y carencias respecto de un tribunal. NO puede haber una Inquisitio Generalis selectiva sólo respecto de la Iglesia, lo que causa agravio comparativo, y ello va contra la justicia de un Estado democrático y de Derecho, al quedar impunes, inmunes e inviolables los políticos y funcionarios autonómicos rectores de centros tutelares de menores con casos de abusos.

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  5. Los derechos humanos de los responsables (2)30 de marzo de 2022, 4:34

    3. Los sospechosos tienen derechos humanos: al honor y a la propia imagen. También lo tienen las diócesis y las órdenes, congregaciones y colegios. No sólo sale acusado un cura, un fraile o un profesor, sale acusada la diócesis, la orden, el obispo y sobre todo, la Iglesia toda.



    4. Los autores presuntos que han muerto también conservan dichos derechos humanos, civiles y procesales: no quedan indefensos, pues al estar fallecidos, no podrán contradecir a las versiones de las supuestas víctimas. También existe el derecho a recusar e impugnar la composición de los expertos independientes, averiguar su ideología, si son imparciales, neutros y objetivos.



    5. La comisión debe de especializarse en una instancia de instrucción e investigación, otra de debate, deliberación y toma de decisión, y otra de recurso, apelación e impugnación. Pero la comisión no es un tribunal, pero aún así no está exenta de velar por los derechos humanos de los imputados y de las víctimas.



    6. El informe Sauvé de la Iglesia de Francia necesitó 3 años y 3 millones de euros para realizarse, con un resultado negligente aún así y todo. Estos tipos del Congreso piensan acabar en 9 meses o menos quizás, seis, pues hay las vacaciones de verano, y con un coste bajísimo, que es tan desconocido como el calendario y estructuración de las fases de investigación, decisión e impugnación. Por eso, una comisión, si busca la verdad y la justicia, no puede tener una fecha de finalización (Navidad 2022).



    El informe Sauvé (exjuez y exjesuita) desconoció la diferencia entre sospecha, posibilidad, conjetura, evidencia, indicio y prueba: sólo vale la prueba legalmente obtenida con criterios jurídicos:

    1.- Los indicios deben estar probados, no son meras “probabilidades” de que el hecho haya ocurrido

    2.- El juzgador nunca puede fundamentar su decisión en su sólo convencimiento subjetivo

    3.- La decisión no se basa en la creencia del juzgador que “opina” que los hechos ocurrieron como relatan, sino que “están convencidos” de que ocurrieron así

    4.- El juzgador debe motivar la existencia de los indicios y su “relevancia probatoria”

    5.- Los requisitos de la prueba indiciaria están fijados por el TS



    7. Subsiste el problema de en virtud de qué título competencial, una comisión no judicial, integrada por un Defensor del Pueblo que no es juez, y por expertos que tampoco son jueces, pueden fijar los hechos (el íter criminis), el grado de credibilidad de las víctimas y autores, la culpabilidad de los autores (dolo o culpa), la calidad de su autoría (autor, cómplice, cooperador, encubridor) y las bases de determinación de la cuantía de la indemnización, la cual es por naturaleza invalorable, pues toda cuantía fijada es sólo para proporcionar un alivio a la víctima, fuera de los costes de facultativos y las costas de abogados.



    8. La Directiva (UE) 2016/343, 9.3.16, refuerza en el proceso penal la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio, trasladables a la comisión de abusos, pues fija hechos, responsables y sanción económica. Esto no puede ser una comisión vergonzosa y lamentable, actuando miserablemente para hacer una comisión de la verdad y una causa general contra la Iglesia, llena de odio, rabia e incapacidad, pasando por alto los presuntos abusos de menores en centros tutelares autonómicos, que bloqueó PSOE y Podemos en Baleares.



    La Unión Europea y España se han fijado el objetivo de mantener y desarrollar un espacio de libertad, derecho, seguridad y justicia, que afecta de pleno a la comisión. El presunto responsable nunca puede dar la impresión de que es culpable bajo absolutamente ningún medio (pena de banquillo, pena de telediario...), pues esto puede ser tortura (destrucción de la dignidad, causar sufrimiento y dolor), trato cruel, inhumano o degradante, o destruir su presunción de inocencia.

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  6. Los derechos humanos de los responsables (3)30 de marzo de 2022, 4:35

    También el Estado de Derecho exige que la carga de la prueba para determinar la culpabilidad de los sospechosos y acusados recae en la acusación, y toda duda debe beneficiar al sospechoso o acusado. La comisión deberá de buscar pruebas tanto inculpatorias como exculpatorias. Debe de existir un proceso contradictorio (la audiencia de víctimas y responsables para que puedan debatir y alegar lo que les convenga). Existe la presunción de inocencia, el derecho a guardar silencio y el derecho a no declarar contra sí mismo. Las pruebas deben de obtenerse legalmente de forma obligatoria.



    El Estado y sociedad democráticos incluye el derecho a un juicio justo es uno de los principios básicos, junto con el derecho a estar presentes en el juicio, el cual debe de garantizarse: me pregunto qué tipo de medida de defensa de sus derechos humanos se aplicará en los más de 100 responsables ya fallecidos.



    Junto a ello, está el derecho a recurrir todos las resoluciones de la comisión, en especial si se vulnera un derecho humano, a recusar a sus miembros, a recurrir la decisión final, y a una nueva investigación y nueva decisión. además de un proceso hecho en igualdad, justicia, legalidad y equidad.



    Hay muchos otros derechos procesales, pero hay que actuar con estricta legalidad con todos los responsables, sean vivos o muertos, pues estamos en una sociedad de derecho y democrático: los artículos 47 y 48 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el artículo 6 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH), el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, por ejemplo, consagran la presunción de inocencia y el derecho a un juicio justo con garantías. Esto es indeclinable, los derechos humanos de los presuntos acusados o sospechosos son irrenunciables, inalienable, imprescriptible.



    9. Hasta Franco gobernaba para todos, para los que ganaron y para los que perdieron. El político que intenta ganar el voto de cualquier ciudadano (PSOE, Vox, Podemos...) metiendo MIEDO, DESCONFIANZA U ODIO, entonces no trabaja para todos los ciudadanos, porque el político sabe que si gana, debe gobernar para todos, no para los que le han votado.



    Todos somos iguales, nadie sobra y todos tienen derecho a saber la verdad, y esta comisión huele a podrido de causa general de destrucción de la Iglesia, máxime cuando procede de socialistas, comunistas y nacionalistas (PSOE, Podemos, ERC, HB, PNV...), que han cometido crímenes de guerra y contra la humanidad, más genocidio biológico (barbarie) y cultural (vandalismo) contra los católicos (13 obispos asesinados, curas, diáconos y subdiáconos, religiosos, fieles), los derechistas, los aristócratas, los monárquicos (alfonsinos y carlistas), los falangistas, los enemigos de clase proletaria e incluso entre los mismos izquierdistas (Andreu Nin del POUM en el golpe de Mayo de 1937 en Barcelona), y que no lo han reflejado en las mentirosas leyes de "memoria histórica y democrática", ni ha pedido perdón, ni ha prestado reparación, ni ha realizado ninguna comisión de investigación de la verdad encargada de descubrir y revelar las malas acciones del pasado por parte del Gobierno de la II República de Manuel Azaña y de la Generalidad de Cataluña de Companys.



    Nunca jamás se puede retorcer el cuello de la verdad y la justicia, la legalidad y los derechos humanos de los implicados y de las víctimas.

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    1. ¡Ah! Hoy mucho mejor. Cuatro tazas del laaargo sopicaldo de siempre. ¡Mucho mejor!

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    2. Jajaja, justamente estaba pensando en usted, anónimo 😆

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    3. Los derechos humanos de los responsables31 de marzo de 2022, 2:14

      La Vanguardia de hoy sale una entrevista con el abogado Cremadas que incluye una aportación de toda una serie de datos interesantes:



      1. Será un procedimiento extrajudicial, donde colaboran el bufete de la CEE y la Comisión del Congreso en paralelo.



      2. Queda claro que no es un proceso judicial, por lo automáticamente hay un riesgo real muy grave de violación sistemática de los derechos humanos de los responsables, unos 100 ya fallecidos y un resto posiblemente incapaces, pues investigan retroactivamente desde 80 años atrás, con autores, testigos fallecidos y delitos civiles, canónicos y penales prescritos.



      3. No se usan medidas forenses judiciales (médico forense psiquiatra y valorador de daños corporales, psicólogo, servicio social), por eso habla de aplicar técnicas "FORENSIC" que se aplican en el mundo empresarial corporativo, que nunca jamás son medidas forenses judiciales imparciales, objetivas, neutrales y respetando todas las garantías que exige una sociedad del derecho y democrática, contenida en la Constitución, la Carta y el Convenio europeo de derechos humanos, los Pactos Internacionales y la Declaración Universal de la ONU de 1948.



      4. Parece ser que las medidas FORENSIC sólo se dedican al análisis de la tesorería y salida de caja, revisiones de comunicaciones electrónica, espionaje industrial, con el fin de crear evidencias que puedan ser aportadas posteriormente en potenciales procesos judiciales como pruebas válidas. Esto se enfoca hacia posibles casos de fraude, corrupción, salidas de efectivos, apropiación indebida, manipulación contable, competencia desleal, conflicto de interés, espionaje tecnológico u otro tipo de prácticas ilegales internas o poco éticas.



      En el caso de los trabajos FORENSIC NO se necesita de una certificación específica, como sí un auditor de cuentas. Estos trabajos los suelen realizan las 4 grandes, o Big Four, firmas de auditoría -Deloitte, PwC, KPMG o EY-, así como otras firmas medianas de servicios profesionales, como BDO, Grant Thornton, Mazars, Auren o PKF Attest, o algunas empresas norteamericanas especializadas en estos trabajos. Estas empresas cuentan con recursos, dimensión, experiencia, herramientas tecnológicas y presencia internacional, pero para trabajos forensic del mundo empresarial y dedicados a la probática forense judicial (tener pruebas válidas ante el juez).



      5. Se intenta montar un proceso con cara y ojos diciendo que habrán 15 expertos y un informe a Encarna Roca Trías, exvicepresidente del Tribunal Constitucional, cuando los abogados ya saben perfectamente cuáles son las bases de determinación de la cuantía de una indemnización civil que, por propia definición, nunca jamás compensará el daño moral y sólo será un alivio para la víctima.



      6. En definitiva, se monta un tinglado por parte del Congreso y de la CEE que simule un imposible proceso judicial garantista: hay delitos prescritos, delitos aún no denunciados, responsables y testigos e incluso víctimas fallecidas o sin capacidad para declarar o defenderse por edad y enfermedad.



      7. Lo que hará el Congreso y la CEE carece absolutamente de garantías de defensa de los derechos humanos de los presuntos responsables, y subsidiariamente de los colegios, órdenes y obispados. Sólo puede trabajarse con casos cerrados con sentencia penal o civil firmes y con todos los recursos cerrados a nivel de jurisdicción nacional y europea (excepto el recurso por hallar nuevas pruebas exculpatorias). Sólo sobre esta base de casos judicialmente verdaderos puede hacerse justicia, pues estamos en una sociedad democrática de derecho, no en un quedabién ensuciando a responsables fallecidos o incapacitados, o con delitos civiles, canónicos y penales prescritos, indefensos, que pueden ser inocentes, como el caso del cardenal Pell y del Padre Román. No se admiten injusticias.



      8. Sr. Cremades, pues sí, hay que denunciar el AGRAVIO COMPARATIVO: el PSOE investiga los casos de la Iglesia Y NO SUS CASOS EN CENTROS TUTELARES DE MENORES EN BALEARES.

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  7. El profesor de Gaztelueta no cometió abusos.

    No se ha podido demostrar.

    Y su versión y sus actos son mucho más verosímiles que los de sus acusadores.
    Qui prodest? O más bien, qni dolet? ¿A quién perjudica? En definitiva, a la Iglesia.

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  8. Ese señor del Gran poder Jesuítico, es Católico?

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