CONTINENCIA

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Se ha levantado con fuerza el debate sobre el celibato sacerdotal, relacionándolo con los abusos contra menores. Evidentemente, hay argumentos a favor y en contra. Y cada uno valorará unos u otros argumentos en razón de su idiosincrasia respecto al tema, y en razón de sus convicciones mejor o peor elaboradas.
En cualquier caso, la clave de la discusión es la continencia sexual y su abordaje, que no es unívoco, en absoluto. Bien dice el refrán que en el amor (en el sexo) y en el rascar, todo es empezar. Efectivamente, en líneas generales, pero sobre todo en medio de dietas y ayunos, no hay cosa que dé más hambre que el empezar a comer. A partir de ahí, se te desatan la gula y la glotonería. Si empiezas, ya no puedes parar. Obviamente para frenar en seco una vez que te has lanzado, necesitas mucha más virtud que para estarte quieto sin empezar. Y creo que es por ahí por donde va la filosofía del celibato.
Es decir que hay quien piensa que para llevar la cosa en orden (ahí están los partidarios del celibato), el sexo es mejor no catarlo. Y en el bando opuesto están los que sostienen que, si uno está razonablemente abastecido de sexo, no se verá tentado a buscarlo donde no conviene. Ahí son las estadísticas las que dan y quitan razones. Porque los abusos no son cosa exclusiva de célibes, ni mucho menos. Un hecho innegable es que abusos se dan en todos los colectivos; no siendo precisamente el de los célibes (en este caso, los sacerdotes) el que se distingue por un mayor número de abusos. Tanto en el celibato como en el matrimonio (y por supuesto, también fuera de él), la clave siempre está en la continencia, en reprimir los impulsos que nos empujan a consumir más allá de nuestra ración, tanto si ésta es la abstinencia total (el celibato), como si es el matrimonio: que no es, ni mucho menos, una opción de sexo a la carta y sin límites, sino rigurosamente tasado. Por eso la incontinencia se da en ambos contextos.
Pero eso no afecta sólo al pecado de la lujuria; afecta a todos los pecados capitales. En todos ellos se trata de inclinaciones (concupiscencia) al mal uso de naturaleza de las cosas; son la otra cara de la medalla que nos dio la naturaleza para cumplir funciones vitales. Es el exceso, es el salirnos del cauce y de la medida, lo que finalmente convierte las inclinaciones en pecado, en fuentes de pecado. Claro que necesitamos la autoestima para andar ordenadamente por la vida; pero cuando es excesiva, se torna soberbia. Y necesitamos alimentarnos; pero si, por no poner freno a nuestro apetito, nos dejamos llevar por la gula, ya estamos incurriendo en un pecado capital que, para colmo, perjudica nuestra salud. Y necesitamos descansar y relajarnos; pero cuando el descanso no tiene límite, estamos incurriendo en el pecado de la pereza. Otro tanto pasa con todo el sistema de autodefensa que nos mantiene alertas y es indispensable para nuestra integridad; pero cuando vamos más allá y saltamos por cualquier cosa, estamos cayendo en el vicio de la ira injustificada. Lo mismo pasa con la virtud de la emulación de lo mejor, de lo que suele llamarse “sana envidia”. Cuando esta emulación no es sana, se convierte en un grave pecado, el de la envidia, que nos corroe y nos mata el alma.
En los siete pecados capitales, la clave está en poner freno a cualquier incontinencia: las pasiones nos ayudan a vivir mientras las mantenemos dentro de sus límites “morales”; pero si cedemos al desenfreno y les damos carrete como si fuesen algo bueno, vamos de cabeza al precipicio.
Pero eso es por encima de todo, una cuestión de moral, de conciencia, mucho más que de regulación del grifo con que dosificamos el nivel de “licitud” de las pasiones. No está nada claro que le cueste más moderar la gula al que vive en un régimen estricto de dieta o de ayuno, que a quien vive en un régimen totalmente abierto, con amplia tolerancia hacia los requerimientos de la gula. Del mismo modo tampoco está claro que le sea más fácil dominar la lujuria al que por convicción moral ha renunciado totalmente al sexo, que a quien tiene regulada su actividad sexual, pero no por convicción moral, sino por simple adaptación a las circunstancias.
Y llegados al azote de la pederastia que tan castigada tiene a la Iglesia, quizás el mayor argumento para descartar que sea el celibato la causa más importante de tamaño castigo, es que, en el índice de agresores sexuales contra los niños, los propios padres (tíos, primos, abuelos y cuñados), llevan una exageradísima delantera; y en ellos no entra en juego nada que se parezca al celibato. Más aún, por si fuera poco, justo en ese ámbito tienen otra barrera moral mucho más severa que el simple abuso sexual contra menores: el tabú del incesto, que convierte el delito en mucho más grave. Ni con esas, porque son la conciencia y la moral las grandes derrotadas en esta batalla.
Cualquier clase de incontinencia (y mucho más la sexual) goza de toda la comprensión de la ley, de la justicia y hasta de las autoridades eclesiales, empeñadísimas en perdonarlo todo, aunque no haya arrepentimiento ni propósito de enmienda. Porque es justamente ahí donde estamos: en la prescripción de la moral y en la negación de la moralidad. No es tal o cual pecado capital el que se nos está llevando por delante. Es el cansancio de la moral, que ya nos ha fastidiado la vida suficientemente. Estamos ya sobresaturados de tanta continencia. Y curiosamente, donde con mayor escándalo vemos este hastío de la moral es en la porción de la Iglesia que por la vía de los hechos y por la de la “doctrina” (los teólogos y las teólogas trabajan a destajo en el diseño de la nueva teología), se ha tirado por el pedregal. La continencia es cosa del pasado, han dictaminado. Y por esos andurriales que, ¿casualmente?, son los mismos del mundo, se han empeñado en llevar a la misma Iglesia. Hoy se están abriendo las compuertas de la continencia, mediante la santificación de cualquier incontinencia tanto hetero como homosexual, que se nos impone casi como un nuevo “magisterio”.           
Y es precisamente el Evangelio, en el Sermón de la Montaña, el que nos pone en camino de la continencia absoluta, de evitar el inicio del camino arriesgado de la incontinencia: el que queda más cerca del celibato. Oísteis que se dijo a los antiguos “no matarás”; pero yo os digo que quien llama imbécil a su enemigo, ya pecó en su corazón. Y que se les dijo “no cometerás adulterio”; pero el que mira a una mujer con lascivia, ya ha pecado en su corazón (Mateo 5, 21).  Por tanto, no reine el pecado en vuestro cuerpo mortal para obedecer a sus deseos; ni ofrezcáis vuestros miembros al pecado como instrumentos de injusticia, sino poneos a disposición de Dios, como resucitados de la muerte, y brindad vuestros miembros a Dios como instrumentos de justicia. Así el pecado no os dominará, porque no vivís bajo la ley, sino bajo la gracia (Romanos 6, 12). Por eso mismo, no somos deudores de la carne [instinto], para vivir según la carne. Si viviereis según la carne, moriréis; pero si mortificáis con el espíritu las obras de la carne, viviréis. Todos los que se dejan gobernar por el espíritu de Dios, hijos son de Dios (Romanos 8,12).
Y no olvidemos que sólo los limpios de corazón verán a Dios (Mateo 5, 8).
Custodio Ballester Bielsa, Pbro.
www.sacerdotesporlavida.info

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26 comentarios

  1. Elemental estimado mn. Ballester. Los pecados de la carne siempre noticia pero en los púlpitos no se pregona el gran pecado que Dios escribió en las tablas del Sinaí y que es el Adulterio. Siglos más tarde los dudosos sabios obispos lo "perfeccionaron" y le cambiaron el nombre poniendo "acciones impuras". El Adulterio es el filón dinerario en que se basan la mayoría de películas de cine, solo hay que ver una de las películas de culto y que se emitió hace poco en la Tele llamada Doctor Zhivago, donde el principal protagonista Omar Zarif lleva doble vida con dos mujeres, la suya y la querida, con hijos en ambos apareamientos. Este pecado el Adulterio no se menciona en los escritos del Full, sólo se menciona ser buenos y no molestar. Le agradecería al padre Ballester que nos hiciera algún día cuatro céntimos de lo llamado "interpretación bíblica mediante los géneros literarios". Diluvio, Pentápolis, Adulterio, Diablo, Creación en 6 dias, Edad del Mundo 6000 Años, ¿¿¿que opina el padre Ballester de estos temas??. La Castidad está muy correcta pero los chamanes indios nos superan y todo que no comen la Eucaristía, pueden aguantar no solo sin sexo sinó también sin comer ni beber durante semanas e incluso meses, todo un prodigio de dominación del cuerpo humano. Mi pregunta es ¿porque los que comemos el Cuerpo de Cristo no nos destacamos precisamente en estas capacidades que poseen los chamanes indios??.

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    1. Sr. Garrell pienso que el tanto trasnochar le puede afectar como a Alonso Quijano. Mire, totalmente de acuerdo que hay que volver al Diluvio, a los patriarcas, jueces y reyes para que salgamos de la ignorancia donde nos metió el "espíritu del concilio" pero...haga el favor de no alabar a los chamanes...se trata de adoración pachamámica y, por lo tanto, la serpiente Quetztecoal o algo así, que no es mas que un demonio, les concede poderes preternaturales pero no Sobrenaturales. Chamanes no! Pachamama no! Ritos mayas, no! Escriba usted un artículo sobre el adulterio en la Biblia y hable cómo David concibió a Salomón de la mujer de Urias....¿estuvo o no estuvo antes de morir su marido, con ella?

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  2. A. Un tema ya asentado por la Iglesia

    Existe un debate continuo, inédito en la historia de la Iglesia, sobre el celibato sacerdotal y la exclusiva masculinidad del sacerdocio y diaconado ministerial y sacramentado en la Iglesia Católica, a pesar de ser una normativa clara y definitivamente establecida de siempre y por siempre:

    1. Sacerdocio y diaconado exclusivamente masculino
    2. Sacerdocio celibatario (como mínimo obligado para toda la Iglesia Latina)

    Esta situación ha generado unas inaceptables distintas posturas dentro de la propia Iglesia, especialmente notables en el contexto del camino sinodal alemán, donde casi todos los miembros del clero y teólogos intervinientes han expresado posiciones divergentes respecto a la tradición establecida.

    El caso del camino sinodal alemán destaca particularmente en este contexto, pues sus participantes han adoptado posturas que vulneran directamente con la enseñanza tradicional de la Iglesia en esta materia, generando debates apostáticos sobre la respuesta institucional adecuada frente a tales planteamientos.

    La discusión actual refleja desafíos en la comunicación y comprensión de esta práctica tradicional de la Iglesia. El debate ha cobrado especial relevancia durante el pontificado actual de Francisco, donde se han manifestado unas incomprensibles e inadmisibles diferentes interpretaciones sobre la naturaleza y el futuro del celibato sacerdotal y de la masculinidad del presbiteriado y diaconado.


    ...


    B. Celibato sacerdotal


    1. El celibato sacerdotal como norma establecida y firme:

    a) El celibato es una ley vigente en la Iglesia Católica Latina que requiere que los sacerdotes renuncien al matrimonio para dedicarse plenamente a su ministerio.

    b) Se fundamenta en la imitación de la vida de Jesucristo, quien vivió célibe y consagrado al servicio de Dios y de la humanidad, y también se funda en la vida de la Sagrada Familia, donde vivieron la continencia y la castidad.


    2. El sacerdocio y diaconado masculino y la exclusión de las mujeres:

    a) La ordenación sacerdotal y diaconal está reservada exclusivamente a los hombres.

    b) Se rechaza la posibilidad de sacerdotisas o diaconisas ordenadas sacramentalmente, por considerarse contrario a la enseñanza de la Iglesia.


    3. El sacerdote como imagen de Cristo:

    a) El sacerdote es una imagen viva de Cristo en el mundo y, como tal, debe reflejar su santidad, castidad y continencia.

    b) Este ideal subraya la relación entre el sacerdocio y la misión divina de Cristo como Hijo de Dios y Redentor.


    4. Críticas a la situación eclesial contemporánea:

    a) Hay que denunciar la falta de claridad y firmeza de la jerarquía eclesiástica actual, absolutamente inaceptable, particularmente bajo el pontificado de Francisco.

    b) La omisión de acciones contundentes ante desafíos internos, como el Camino Sinodal Alemán, es señalada como una causa de confusión y escándalo dentro de la Iglesia.


    5. Carácter irrevocable del celibato en la Iglesia Latina:

    Se reafirma la idea de que la posibilidad de sacerdotes casados en la Iglesia Latina es inexistente y se aboga por la universalización de esta norma en el futuro.

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  3. C. La situación actual


    I. Iglesia Latina: Celibato sacerdotal como ley definitiva e irreversible


    1. Naturaleza del celibato en la Iglesia Latina:

    Actualmente es una norma disciplinaria establecida y considerada irreversible.
    Se prevé que pueda ser declarada en el futuro como una "verdad divinamente revelada", vinculante para toda la Iglesia universal.

    2. Implicaciones doctrinales y disciplinarias:

    Su negación o cuestionamiento implicaría sanciones graves, como la pérdida de la comunión plena y la excomunión. Se espera que esta norma se imponga de manera obligatoria, vitalicia e irreversible, sin posibilidad de dispensas.


    II. Iglesia Oriental: Dispensa general derogable


    1. Actual disciplina en las Iglesias orientales en comunión con Roma:
    Permite la ordenación sacerdotal de hombres casados bajo una dispensa general.
    Una vez ordenados, los sacerdotes orientales no pueden contraer matrimonio.

    2. Contexto histórico:

    La dispensa fue otorgada tras el Cisma de 1054 como una medida pro bono Ecclesiae, para atraer a los fieles de las Iglesias ortodoxas autocéfalas hacia la comunión con la Iglesia Católica.

    3. Carácter provisional de la dispensa:

    Se plantea que esta dispensa podría ser revocada en el futuro, armonizando así las normas del celibato en toda la Iglesia Católica.


    III. Comunión Anglicana: Dispensa especial y personal, derogable


    1. Regulación del celibato en el contexto anglicano:

    Bajo la Constitución Apostólica Anglicanorum Coetibus (2009), se permite la ordenación de pastores anglicanos casados que se incorporen a la Iglesia Católica.

    2. Carácter excepcional y limitado:

    La ordenación de sacerdotes casados es una excepción que requiere aprobación caso por caso por parte del Papa. La norma general sigue siendo la ordenación de hombres célibes en las comunidades anglicanas reconciliadas con Roma.

    3. Obligación de celibato para ministros no casados:

    Los clérigos anglicanos no casados que son ordenados dentro de la Iglesia Católica deben respetar la norma del celibato clerical.

    4. Síntesis general

    a) Existe un proceso en el que el celibato sacerdotal en la Iglesia Latina podría ser elevado al rango de doctrina definitiva de fe revelada.

    b) La disciplina vigente en las Iglesias orientales y en el ámbito anglicano refleja excepciones históricas y pastorales, pero estas dispensas se presentan como derogables y orientadas hacia una eventual unificación normativa.

    c) El celibato sacerdotal es considerado un signo de entrega total a Dios y un reflejo de la vida de Jesucristo, justificando su obligatoriedad y la exclusión de dispensas en el futuro

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  4. D. REGULACIÓN HISTÓRICA DEL CELIBATO SACERDOTAL

    1. Concilio de ELVIRA (305) - España

    Primer documento que legisla explícitamente el celibato sacerdotal
    Canon 33, ordena continencia total para:

    - Obispos
    - Presbíteros
    - Diáconos

    Sanción clara: exclusión del estado clerical por incumplimiento. Se aplicaba también a clérigos ya casados


    2. Concilio de ANCIRA (314) - Asia Menor

    Regulación específica para diáconos:

    - Podían casarse si lo declaraban antes de ordenación
    - Obligación de celibato si no hacían declaración previa


    3. Concilio de NEOCESAREA (315) - Capadocia

    Enfoque en la disciplina clerical oriental:

    - Deposición de presbíteros que se casen post-ordenación
    - Obligación de continencia para clérigos casados
    - Notable influencia en la tradición oriental

    Estos 3 concilios muestran un progreso en el progreso de la verdad sobre el orden presbiterial y diaconal, con variaciones entre Oriente (más flexible) y Occidente (más estricto y plenamente concorde con la voluntad de Dios).


    4. Primer Concilio Ecuménico de NICEA, 325:

    Aprueba la legislación de la disciplina del sacerdocio conocida como continencia clerical o celibato.

    Todos los sacerdotes y obispos se abstienen de contacto sexual con sus esposas o con cualquier otra mujer. Así, para que un hombre casado pudiera convertirse en sacerdote, su esposa tenía que aceptar abstenerse de toda relación sexual Obligación del celibato y continencia para todos los obispos, presbíteros y diáconos de la Iglesia Católica, confirmando lo regulado en Elvira.

    En conclusión, como el sacerdote es imagen y semejanza de Jesucristo, y éste fue continente, casto y célibe, lo mismo han de ser los presbíteros (el diácono es Jesús-Servidor, y no tiene tal exigencia).


    5. Decretal DIRECTA AD DECESSOREM (Directiva al predecesor)

    a) Contexto histórico y general

    Hacia el año 385 d.C., el Papa Siricio responde a las consultas del obispo Himerio de Tarragona sobre diversas cuestiones disciplinarias, con especial énfasis en la continencia clerical. Esta decretal es uno de los primeros documentos sistemáticos de la Iglesia que aborda la cuestión del celibato y la continencia en la Iglesia occidental, estableciendo bases normativas claras para el clero ordenado.

    b) Continencia clerical como tradición apostólica

    Siricio establece que la continencia perpetua no es una innovación, sino una práctica basada en la tradición eclesiástica inmemorial y de raíz apostólica. Subraya que esta disciplina es inherente al estado clerical y necesaria para la pureza espiritual en la celebración del sacrificio eucarístico.

    c) Refutación de objeciones basadas en la Escritura

    Los opositores citaban textos como 1 Timoteo 3:2-12 y Tito 1:6, donde se menciona que los obispos y diáconos debían ser "esposos de una sola mujer". Siricio interpreta que estas escrituras no justifican la continuidad de relaciones conyugales después de la ordenación, sino que refuerzan la pureza moral previa requerida para los ordenados.

    d) Comparación con el sacerdocio levítico del Antiguo Testamento

    Algunos clérigos argumentaban que, al igual que los levitas del Templo de Jerusalén, los sacerdotes cristianos debían observar una continencia temporal únicamente antes de los ritos sagrados. Siricio refuta esta analogía, destacando que el sacerdocio cristiano trasciende el modelo levítico, ya que los sacerdotes celebran la Eucaristía de forma continua (domingos y festividades), lo que exige una continencia perpetua.

    e) Justificación teológica y escatológica

    Basándose en el Evangelio, Siricio afirma que Cristo no abolió la ley, sino que la llevó a su plenitud. En esta plenitud, la Iglesia, como Esposa de Cristo, debe reflejar la pureza y castidad esperada en el Día del Juicio. La castidad clerical, por tanto, simboliza la indisoluble unión entre Cristo y su Iglesia, reafirmando la consagración total del clero a Dios.

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  5. f) Obligación del celibato y la pureza clerical

    La decretal establece que los sacerdotes y diáconos están ligados por "la ley indisoluble" de la pureza y la sobriedad desde el momento de su ordenación. Se exige que el clero ofrezca sacrificios "agradables a Dios" diariamente, lo que requiere una dedicación plena del cuerpo y el alma.

    g) Conclusión

    La Directa ad decessorem marca un hito en la formalización de la disciplina eclesiástica respecto al celibato y la continencia clerical. Reafirma la dedicación total del clero a Cristo y a la Iglesia, justificando la continencia perpetua como un reflejo de la pureza esponsal entre Cristo y su Iglesia.


    6. Concilio de CARTAGO (390 d.C.)

    Continentes esse in omnibus o sacerdotes continentes completos por haberlo enseñado los Apóstoles y ser tradición


    7. Primer Concilio Ecuménico de LETRÁN (1123): canon 3

    Prohibimos absolutamente a los sacerdotes, diáconos y subdiáconos asociarse con concubinas y mujeres, o vivir con mujeres distintas de las que el Concilio de Nicea (canon 3) por razones de necesidad permite, a saber, la madre, hermana o tía, o cualquier persona de la que no pueda surgir ninguna sospecha.


    8. CONCILIO DE TRENTO, Sesión XXIV, canon 9

    Matrimonios prohibidos y nulidad de los celebrados para religiosos y sacerdotes


    9. Concilio Vaticano II, Decreto PRESBYTERORUM ORDINIS, n. 16

    "Hay que abrazar el celibato y apreciarlo como una gracia":

    a) Conformidad con el sacerdocio:

    - Permite una consagración nueva y especial a Cristo.

    - Facilita la unión con Cristo "con corazón indiviso".

    - Posibilita una dedicación más libre al servicio de Dios y los hombres.

    b) Dimensión simbólica y espiritual:

    - Representa el "matrimonio misterioso" entre Cristo y la Iglesia.

    - Es signo del mundo futuro donde "no tomarán maridos ni mujeres".

    - Simboliza la paternidad espiritual en Cristo.

    c) Aspectos pastorales:

    - Mayor disponibilidad para servir al Reino de Dios.

    - Mejor capacidad para la "regeneración sobrenatural".

    - Dedicación plena a la "nueva humanidad" en Cristo.

    d) Carácter de don:

    - Es una gracia especial otorgada por el Padre.

    - Debe ser pedido con humildad y constancia.

    - La Iglesia lo considera un "precioso don".

    e) Valor histórico y eclesial:

    - Aunque no es exigido por la naturaleza misma del sacerdocio.

    - Ha sido "tenido en gran aprecio por la Iglesia".

    - Se convirtió en ley para la Iglesia Latina.

    - De momento no es una exigencia absoluta universal pero sí en la Iglesia Latina (como lo demuestra la práctica de las Iglesias orientales).

    - Requiere ayudas sobrenaturales y naturales para vivirlo.

    - Necesita el apoyo y la oración de toda la Iglesia.


    10. Carta Encíclica SACERDOTALIS CAELIBATUS, Pablo VI, 24 junio 1967, n. 14 y 17:

    Dedicación exclusiva a la Iglesia y a Dios; fundamentos del celibato en la cristología, eclesiología y escatología


    11. SÍNODO DE LOS OBISPOS, Pablo VI, 30 noviembre 1971, "ULTIMIS TEMPORIBUS", letras c) y e)

    En la Iglesia latina es inderogable y vigente por siempre el sacerdocio celibatario; fundado en la misión pastoral; dedicación exclusiva; entrega del sacerdote a Cristo como un "yugo suave"

    1- Conformidad con el Sacerdocio:

    - Consagración a Cristo: Permite una dedicación exclusiva y especial.
    - Unión con Cristo: Facilita una unión "con corazón indiviso".
    - Servicio Libre: Posibilita una mayor dedicación al servicio de Dios y de los hombres.

    2- Dimensión Simbólica y Espiritual:

    - Matrimonio Místico: Representa la unión entre Cristo y la Iglesia.
    - Mundo Futuro: Significa la vida en el mundo futuro sin matrimonio.
    - Paternidad Espiritual: Simboliza la paternidad espiritual en Cristo.

    3- Aspectos Pastorales:

    - Disponibilidad Total: Mayor capacidad para servir al Reino de Dios.
    - Regeneración Sobrenatural: Mejora la capacidad para la regeneración espiritual.
    - Dedicación Completa: Plena dedicación a la "nueva humanidad" en Cristo.

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  6. 4- Carácter de Don:

    - Gracia Especial: Es una gracia otorgada por el Padre.
    - Oración y Humildad: Debe ser pedido con humildad y constancia.
    - Don Precioso: Considerado un don valioso por la Iglesia.

    5- Valor Histórico y Eclesial:

    - Aprecio Histórico: Ha sido altamente valorado por la Iglesia.
    - Ley para la Iglesia Latina: Establecido como ley aunque no es una exigencia absoluta.
    - Sostenimiento Necesario: Requiere apoyo sobrenatural y natural.

    6- Reafirmación y Desafíos:

    - Fidelidad al Celibato: La Iglesia mantiene su compromiso con el celibato sacerdotal.
    - Desafíos Modernos: A pesar de los desafíos, se consideran superables con una vida equilibrada y apoyo fraterno.
    - Compromiso con el Celibato: La Iglesia latina prohíbe la ordenación de hombres casados y valora el celibato como un don especial.


    12. Audiencia general, Juan Pablo II, 17 julio 1993, "LA LÓGICA DE LA CONSAGRACIÓN EN EL CELIBATO SACERDOTAL": capítulo 19 del Evangelio de San Mateo versículos 10-12".

    1. Conformidad con el Sacerdocio:

    - Consagración a Cristo: Permite una dedicación exclusiva y especial.
    - Unión con Cristo: Facilita una unión "con corazón indiviso".
    - Servicio Libre: Posibilita una mayor dedicación al servicio de Dios y de los hombres.

    2. Dimensión Simbólica y Espiritual:

    - Matrimonio Místico: Representa la unión entre Cristo y la Iglesia.
    - Mundo Futuro: Significa la vida en el mundo futuro sin matrimonio.
    - Paternidad Espiritual: Simboliza la paternidad espiritual en Cristo.

    3. Aspectos Pastorales:

    - Disponibilidad Total: Mayor capacidad para servir al Reino de Dios.
    - Regeneración Sobrenatural: Mejora la capacidad para la regeneración espiritual.
    - Dedicación Completa: Plena dedicación a la "nueva humanidad" en Cristo.

    4. Carácter de Don:

    - Gracia Especial: Es una gracia otorgada por el Padre.
    - Oración y Humildad: Debe ser pedido con humildad y constancia.
    - Don Precioso: Considerado un don valioso por la Iglesia.

    5. Valor Histórico y Eclesial:

    - Aprecio Histórico: Ha sido altamente valorado por la Iglesia.
    - Ley para la Iglesia Latina: Establecido como ley aunque no es una exigencia absoluta.
    - Sostenimiento Necesario: Requiere apoyo sobrenatural y natural.

    6. Reafirmación y Desafíos:

    - Fidelidad al Celibato: La Iglesia mantiene su compromiso con el celibato sacerdotal.
    - Desafíos Modernos: A pesar de los desafíos, se consideran superables con una vida equilibrada y apoyo fraterno.
    - Compromiso con el Celibato: La Iglesia latina prohíbe la ordenación de hombres casados y valora el celibato como un don especial.


    13. Exhortación Apostólica postsinodal SACRAMENTUM CARITATIS, Benedicto XVI, 22 febrero 2007, n. 24:

    Dedicación exclusiva a Cristo y a la Iglesia, imitación de la virginidad de Cristo y María, entrega a Cristo.


    14. Código de Derecho Canónico de la Iglesia latina, 1983, canon 277.1:

    "Los clérigos están obligados a observar una continencia perfecta y perpetua por el Reino de los cielos y, por tanto, quedan sujetos a guardar el celibato, que es un don peculiar de Dios mediante el cual los ministros sagrados pueden unirse más fácilmente a Cristo con un corazón entero y dedicarse con mayor libertad al servicio de Dios y de los hombres"


    15. Exhortación apostólica de San Juan Pablo II "PASTORES DABO VOBIS", Sínodo de 1990, n. 44:

    El celibato sacerdotal es una exigencia del radicalismo evangélico, favorece una vida esponsal con la Iglesia y se hace imagen de la virginidad de Cristo


    16. Catecismo de la Iglesia Católica, 1992, n. 1579:

    "Todos los ministros ordenados de la Iglesia latina, exceptuados los diáconos permanentes, son ordinariamente elegidos entre hombres creyentes que viven como célibes y que tienen la voluntad de guardar el celibato por el reino de los cielos"

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  7. 17. "DESDE LO PROFUNDO DE NUESTROS CORAZONES", libro de Benedicto XVI y el Cardenal Robert Sarah, 2020:

    a) Relación entre celibato y servicio a Dios

    La abstinencia sexual se presenta como consagración plena a Dios, un estado de servicio permanente. Aunque el matrimonio es un don divino, la vocación sacerdotal exige un sacrificio especial

    b) Incompatibilidad entre vocaciones

    Las vocaciones matrimonial y sacerdotal son mutuamente excluyentes debido a su requerimiento de entrega total, dificultando su coexistencia sin comprometer alguna de ellas.

    c) San José como modelo

    San José es modelo de renuncia al matrimonio pleno para dedicarse por completo al plan divino

    d) Renuncia a los bienes materiales

    El sacerdote debe practicar el desapego de los bienes terrenales, simbolizando su libertad interior y su total disponibilidad para la misión pastoral

    e) Celibato como fundamento espiritual

    El celibato no es disciplinar, sino "esencial" para mantener al sacerdote enfocado sólo en Dios, una fuente de estabilidad espiritual y de unión más profunda con Él.

    f) Centralidad de la Eucaristía

    La Eucaristía es el corazón de la vida sacerdotal, demandando una vida de contemplación, alerta ante el mal y la tarea de guiar al mundo hacia Dios.

    g) Virtudes del sacerdote

    Ser íntegro, vigilante y dispuesto a afrontar sufrimientos por Cristo: la oración, el servicio y el compromiso con la liturgia



    18. Tradición católica

    A) Conformidad con el sacerdocio

    El sacerdocio católico busca configurar al ministro con Cristo:

    1. Consagración especial a Cristo: El sacerdote, al asumir este ministerio, realiza una entrega particular y definitiva a Cristo
    2. Unión indivisa con Cristo: Al renunciar al matrimonio y familia, mantiene un vínculo único y total con Cristo
    3. Dedicación libre al servicio de Dios y los hombres: Esta libertad permite atender más plenamente las necesidades espirituales y pastorales de la comunidad

    B) Dimensión simbólica y espiritual

    El sacerdocio trasciende lo funcional y refleja realidades espirituales profundas:

    1. "Matrimonio misterioso" entre Cristo y la Iglesia: El sacerdote simboliza la unión de Cristo como esposo con su Iglesia, su esposa
    2. Anticipación del mundo futuro: Su vida celibataria es un signo del Reino de los Cielos, donde las relaciones humanas serán transformadas
    3. Paternidad espiritual: En Cristo, el sacerdote ejerce una guía y generación espiritual para la comunidad de fieles

    C) Aspectos pastorales

    El celibato sacerdotal facilita un ejercicio más pleno y efectivo de la misión pastoral:

    1. Disponibilidad total: Permite una entrega más completa al servicio del Reino de Dios sin distracciones
    2. Regeneración sobrenatural: Facilita la transmisión de la gracia divina, particularmente en los sacramentos
    3. Dedicación plena a la nueva humanidad en Cristo: Ayuda a modelar la vida de la Iglesia como comunidad transformada por el Evangelio

    D) Carácter de don

    El sacerdocio es entendido como un regalo divino:

    1. Gracia especial: Es una vocación otorgada por Dios Padre
    2. Actitud de humildad y oración: Quienes aspiran al sacerdocio deben pedir este don con disposición humilde y perseverante
    3. Reconocimiento eclesial: La Iglesia lo valora como un bien precioso que enriquece a la comunidad de los fieles

    E) Valor histórico y eclesial

    Aunque no es inherente al sacerdocio en sí, el celibato ha adquirido transcendencia en la tradición católica:

    1. Aprecio histórico: La Iglesia ha reconocido y promovido el celibato como una expresión sublime de entrega a Dios
    2. Ley en la Iglesia Latina: Es una norma establecida para sus sacerdotes, de tipo universal
    3. Las Iglesias orientales permiten el sacerdocio de hombres casados como dispensa temporal
    4. Ayudas necesarias: La vivencia del celibato requiere apoyo espiritual, formación adecuada y el respaldo comunitario
    5. Oración de la Iglesia: Toda la comunidad de fieles debe sostener espiritualmente a los sacerdotes en su vocación

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    1. Sr. Garrell, yo no quiero hacer el Indio.

      Por cierto, en absoluto soy racista, que conste!

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  8. No entiendo cómo GG acepta escritos que pretenden ser un manual exhaustivo sobre un tema.

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    1. ¡Tiene toda la razón!.. Y más todavía hablando de continencia: resulta ser un gran incontinente verbal (escrito)...

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    2. Será en proporción a la indolencia y pasotismo de Francisco en dejar terminantemente clara la verdadera doctrina eclesial.

      Cómo buen político peronista, le dice sí a todo bicho para que salga contento, da largas luego, marea a la perdiz con promesas ampulosas, otro día que pasa, todos contentos en los castillos de nubes...

      - Hola, soy del camino sinodal alemán quiero sacerdotisas y diaconisas mujeres casadas en matrimonio lgbt y divorciadas o solteras con hijos de reproducción asistida... Lo que se da en la realidad, lo que el Estado legaliza, así sea en la Iglesia
      - Sí, una comisión te lo mirará
      - Bieeennn

      - Su Santidad, os solicitamos que conservéis el sacerdocio tradicional
      - Sí, muy bien, no pasa nada
      - Me alegro de ello, Su Santidad...

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  9. El copipestano se quedo a gusto.

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    1. 14:53, Cierto, así es el personaje de marras para nuestra desgracia .

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  10. No s'entén perquè serveix moderar comentaris. Al final, no els llegirà ningú si cada dia s'ha d'aguantar aquest pesat tan pedant...

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  11. Un comentario no puede ser más largoooooo que el articulo.
    Es un tema que se tratado en metodologia científica en la Universidad.

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    1. Germinans tiene una difusión mucho más amplia que los meros visitantes. Es excelente el escrito de Mn. Custodio, y de paso, a los obispos españoles, a Omella y al residente de Santa Marta en Roma, se les recuerda la recta, verdadera y ortodoxa Tradición Sagrada católica sobre el celibato sacerdotal y el sacerdocio masculino, sobre el cual pende no sólo la amenaza de los pseudocatólicos progres, sino también la amenaza en pinza de los progres de izquierda del corrupto gobierno Sánchez del PSOE a través del pseudoinforme del Defensor del Partido, perdón, del Pueblo, sobre abusos de menores...

      Un gravísimo error colectivo de todos los obispos españoles fue aprobar el documento presinodal español previo al espantoso Sínodo de la Sinodalidad iniciado el 2021, como intento afortunadamente fallido de introducir el camino sinodal apostático alemán dentro de la Iglesia Universal.

      1. Documento presinodal CEE España, 11 junio 2022:

      conferenciaepiscopal.es/wp-content/uploads/2022/06/SINTESIS-FINAL-FASE-DIOCESANA-DEL-SINODO.pdf

      - Celibato opcional para los presbíteros, la ordenación de casados y la ordenación de las mujeres. Orientación sexual: en II. EL SÍNODO, TIEMPO HABITADO POR EL ESPÍRITU; y en V. UNA MIRADA ESPERANZADA, 3.- Superar el clericalismo

      Los obispos españoles nada menos que hablan de permitir del celibato opcional y la ordenación de incapacitados. Todo un gravísimo error doctrinal en quienes se suponen que saben teología y derecho canónico...

      1. Las mujeres son incapaces para la ordenación sacerdotal según la enseñanza de la Iglesia Católica basada en el magisterio y la tradición.
      2. Los menores de edad no cumplen con los requisitos de madurez establecidos, lo que los hace inelegibles.
      3. Los no bautizados carecen de la incorporación plena a la Iglesia, un requisito esencial para recibir el sacramento del orden
      4. Los hombres impedidos (enfermedades, herejía, delitos) tampoco no pueden ser sacerdotes

      ....

      2. Documento presinodal Barcelona, 29 mayo 2022:

      esglesia.barcelona/wp-content/uploads/2022/06/Extra-CATCAST-Si%CC%81ntesi-Si%CC%81node-Bisbes-29-05-22-web.pdf

      - Mujeres sacerdotes, celibato opcional, presbiterato de hombres casados y reforma litúrgica. Orientación sexual en "b) Dialogar con la sociedad y en la comunidad eclesial". Aplicar Amoris laetitia.

      El grave error de Omella (¡Cardenal-Arzobispo!) fue triple: primero como arzobispo de Barcelona, segundo como presidente español de la CEE (de todos los obispos), y tercero, como influenciador en el resto de obispos para que muchos aprobaran apostáticos documentos presinodales diciendo barbaridades...

      Por ejemplo:

      a) Tarazona

      app.box.com/s/636l2mdutvbdyq8moe5zhqm49lxd3uaa

      Se pide que el celibato sea opcional para los sacerdotes diocesanos, así como que se acepte
      a sacerdotes casados

      b) Valladolid

      diaconado y sacerdocio de las mujeres y anular el celibato obligatorio del sacerdocio y permitir sacerdotes casados

      infovaticana.com/2022/05/17/propuestas-sinodales-en-valladolid-plantear-diaconado-de-las-mujeres-o-desvincular-el-celibato-del-sacerdocio/

      archivalladolid.org/web/wp-content/uploads/2022/07/Sintesis-Fase-diocesana-21-23-VA-web.pdf

      c) Cartagena

      Mujeres en toda la estructura eclesial, integración total de personas separadas, divorciadas vueltas a casar por lo civil, parejas homosexuales, colectivo LGTBI, familias monoparentales

      diocesisdecartagena.org/wp-content/uploads/sntesis-de-la-dicesis-de-cartagena-de-las-aportaciones-al-snodo-5-06-2022.pdf

      d) León

      Bloque C: Conclusiones: próximos pasos; c) En la Iglesia universal (pág. 16)
      "MINISTERIOS ORDENADOS. Permitir a la mujer el acceso al diaconado y presbiterado."

      drive.google.com/file/d/1te5Fo19Hw2WN9hCDw0bZn9bb-_SIu9Sy/view

      e) Lérida

      bisbatlleida.org/sites/default/files/Esgl%C3%A8sia%20Sinodal%20-%20Informe%20de%20la%20Di%C3%B2cesi%20de%20Lleida._1.pdf

      Mujeres sacerdote (y diaconisas)

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    2. Agradecería opinión de Don Silver Garrell sobre el insomne escribiente de pastones .

      Muchas gracias 😊

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  12. Desde luego: un pedante pesado.

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    1. Hay que hacer una defensa del Sr Copipasteano. Yo no me leo sus escritos porque los encuentro largos y farragoso el lenguaje pero alabo su buena intención. Le propondría que, así como hace llegar los escritos aa GG lo envíe también al Dicasterio para la Defensa de la Fe, a la atención de SER Tucho y colaboradores. Allí pueden ser de mucho provecho viendo que es fuente continua de herejias/falsos magisterio y el "lio argentino " que emana del lugar que un dia ocuparon santos prefectos.

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    2. Pedante, pesado, sí, y además maleducado, acaparador, que se cree el centro de atención del mundo.

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    3. 13:23 : ¡¡¡No se preocupe!!! Su Reverendísima Truchidad ya los ha recibido... Lo mismo que Su Liosa y Petrina Santidad... GG está en castellano y es un medio relevante... Por cierto, agradezco a Benedicto XVI y Sarah que hiciera el libro sobre el sacerdocio.

      Algunos documentos los he visto difíciles de encontrar, otros los he consultado en su idioma original... para quien quiera tenerlos y comprobarlos, por eso los he puesto; no están todos, hay más, y estoy seguro que no están todos, pues alguno más debe de estar en latín perdido por ahí en algún dicasterium pro algo.

      Aunque todos son básicos y fundamentales, hay uno que parece que se les ha olvidado, incomprensiblemente, y eso que es "sinodal", en medio de las montañas de documentos vaticanos que expelen y deponen en el Vaticano.

      Y es éste:

      11. SÍNODO DE LOS OBISPOS, Pablo VI, 30 noviembre 1971, "ULTIMIS TEMPORIBUS", y en el Esquema presinodal "Ministerium presbyterorum" (15 febrero)

      En la Iglesia latina es inderogable y vigente por siempre el sacerdocio celibatario; fundado en la misión pastoral; dedicación exclusiva; entrega del sacerdote a Cristo como un "yugo suave"

      misadiaria.blogspot.com/2020/04/sinodo-episcopal-1971-el-sacerdocio.html

      .......

      DOCTRINA SOBRE EL CELIBATO SACERDOTAL DE LA IGLESIA CATÓLICA

      I. Siglos IV-VII

      Concilio Elvira (300-305): Cánones 27, 33. Fuente (F.): Bruns Herm. Canones Apostolorum et Conciliorum saec. IV-VII, II, 5-6

      Concilio Neocesarea (314): Canon 1. F.: Pont. Commissio ad redigendum C.I.C. Orientalis, IX, 1/2, 74-82

      Concilio Ecuménico de Nicea I (325): Canon 3. F.: Conc. Oecum. Decr., 6

      Concilio Cartago (390): F.: Concilia Africae a. 345-325, CCL 149

      Sínodo Romano (386): En Conc. de Telepte, 58-63

      Papa Siricio, Decretal Directa (386). F.: PL 13, 1131-1147

      Papa Inocencio I, Carta Dominus inter (405). F.: Bruns, Cit., 274-277

      Papa León Magno, Carta a Rústico (456). F.: PL 54, 1191

      Concilio Trullano (691): Cánones 3, 6, 12, 13, 26, 30, 48. F.: Pont. Commissio ad redigendum C.I.C. Orientalis, IX, I/1, 125-186


      II. Padres de la Iglesia

      Eusebio de Cesarea, Demonstratio Evangelica, 1, 9. F.: PG 22, 82 (78-83)

      Epifanio de Salamina, Panarion. Fuente: PG 41, 868, 1024; Expositio Fidei. F.: PG 42, 822-826

      San Juan Crisóstomo, De Sacerdotio VI, 2. F.: PG 48, 679.


      III. Siglo XX

      1. Concilio Ecuménico Vaticano II (1962-1965):

      Decreto Presbyterorum Ordinis, 16

      Decreto Optatam totius, 10


      2. Papa Pablo VI:

      Carta Encíclica Sacerdotalis caelibatus (24 de junio de 1967): Numerales 14, 55, 79-81. F.: AAS 59 (1967), 662, 678-679, 688-689


      3. Documentos posteriores al Concilio Vaticano II

      a) Sínodo de los Obispos:

      Ultimis temporibus (30 de noviembre de 1971), II, I, 4. F.: AAS 63 (1971), 916-917


      b) Congregación para la Educación Católica:

      Ratio Fundamentalis Institutionis Sacerdotalis (19 marzo 1985), 48

      Orientaciones educativas para la formación en el celibato sacerdotal (11 abril 1974), 16. F.: EV 5 (1974-1976), 188-256


      c) Juan Pablo II

      Exhortación Apostólica Postsinodal Pastores dabo vobis (25 marzo 1992), 29, 50. F.: AAS 84 (1992), 657-804

      Carta Encíclica Veritatis splendor (6 agosto 1993), 22, 31, 32, 106. F.: AAS 85 (1993), 1151, 1159-1160, 1216

      Carta a los Sacerdotes para el Jueves Santo:

      Novo incipiente (8 de abril de 1979), 8-9. F.: AAS 71 (1979), 405-411

      Carta para el Jueves Santo (1993). F.: AAS 85 (1993), 880-883

      Litterae apostolicae Motu Proprio datae Sacramentorum sanctitatis tutela (30 de abril de 2001). F.: AAS 93 (2001), 737-739


      d) Benedicto XVI

      Vigilia con ocasión de la Clausura del Año Sacerdotal (10 junio 2010). F.: AAS 102 (2010), 419-430

      Discurso a los participantes en la plenaria de la Congregación para el Clero (16 marzo 2009)


      e) Francisco

      Directorio para el ministerio y la vida presbiterial


      f) Código de Derecho Canónico

      Canon 277, 1-3: Sobre la continencia clerical

      Canon 1036, 1037: Requisitos para las órdenes sagradas


      f) Pontificale Romanum

      De ordinatione Episcopi, Presbyterorum et Diaconorum (1990), III, 228

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  13. SUGERENCIA AL WEBMASTER SOBRE LOS COMENTARIOS MÁS LARGOS QUE EL ARTÍCULO

    Esta vez, el comentarista kilométrico se ha pasado muchísimo. Mi sugerencia es que el webmaster publique el principio del comentario (lo suficiente para que el lector se interese por el tema) y a partir de ahí un link que diga "más" y remita a un sitio de la misma web destinado a alojar los textos complementarios (que puede haberlos) y el resto de los comentarios excesivamente largos. De este modo el que desee leerlos, ahí los tendrá.

    Y que conste que esos comentarios tan largos suelen estar muy bien documentados; y sobre todo cuando el tema no me es demasiado familiar, los leo íntegros. Eso lo hago con alguna frecuencia.

    Conclusión: largos comentarios, sí; pero en la sección de comentarios, con una extensión razonable; remitiendo para el resto del texto, mediante un link, a un rincón especial de la web para textos complementarios.

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  14. ¿Y qué tal si nos quitamos la careta de lo políticamente correcto?

    Bien dice el articulista que el entorno en que se producen más abusos y agresiones sexuales contra menores, es el ámbito familiar, siendo con mucho el padre, el que se lleva la palma, multiplicando por más de 10, los abusos y agresiones de los curas. Este hecho, perdonen ustedes, es un poderoso argumento en favor del celibato eclesiástico. Abusan muchísimo más de los menores, los casados que los célibes.

    ¿Y por qué ocurre eso? Pues porque el casado se siente y se considera CON DERECHO AL SEXO; y si se le niega (si se lo niega la esposa, lo cual es mucho más frecuente de lo que se está dispuesto a confesar por ambas partes), se produce un estado de excitación frustrada y obsesiva que dispara la concupiscencia hasta límites peligrosos. Y es en esta situación donde el marido desquiciado se vuelve hacia las hijas e incluso los hijos. Puro desquiciamiento. Es precisamente eso lo que explica el horroroso récord de los padres abusadores.
    Es que el marido se considera con derecho a que su esposa cumpla con el DÉBITO CONYUGAL, y acomoda su demanda sexual a sus DERECHOS SEXUALES. Y ocurre que el recalentamiento que se produce en esa situación acaba teniendo su escape en los hijos. Y lo tremendamente grave (¡una más!) es que en demasiados casos, la madre intuye (y en muchos otros sabe) lo que está pasando. El hecho de que el marido haya renunciado a seguir demandando la atención sexual de la mujer, es un indicio bastante sospechoso. Pero son bastantes las mujeres que prefieren no sospechar, porque aprecian la tranquilidad resultante de esa situación.

    ¿Y qué pasa con los casos de abuso y agresión sexual de los curas? Hay algunos, y son los menos, que se han puesto por montera eso del celibato, y van salidos buscando ocasión de satisfacer su concupiscencia, casi en igualdad de condiciones que el marido cuya mujer no cumple con el Débito. En estos casos, las calamidades son parecidas a la de los padres incestuosos. Son realmente muy pocos, pero producen muchísimo escándalo. Y para tranquilizar sus conciencias, se abrazan con fervor a las doctrinas que los justifican.

    Y están por otra parte los curas que asumen con plena convicción su celibato sacerdotal, y por supuesto que pueden ser víctimas de tentaciones. Y hasta pueden caer en algunas. Pero no se entregan al pecado.
    Evidentemente, en estos casos, no es el celibato el responsable de sus tentaciones y de sus caídas. Siendo las estadísticas las que son, es imposible sostener que si fuesen casados, serían más castos.

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  15. Este señor sabe mucho, lo admiro. Tiene muchos archivos y mucho talento.

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