Las cartas entre jesuitas catalanes revelan que estaban al corriente de los abusos de Lluís Tó en Bolivia

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En mayo de 2023 la fiscalía registró la sede de la Compañía de Jesús en Bolivia, en la ciudad de La Paz, y se llevó, entre otros documentos, una carpeta que contenía las cartas, faxes y correos electrónicos, entre los jesuitas catalanes de España y Bolivia, en relación al caso de Lluís Tó, que había sido condenado por la Audiencia de Barcelona por el abuso a una niña de 8 años en el Colegio Sant Ignasi de nuestra ciudad, y que se marchó a Bolivia donde continuó en contacto con menores y siguió abusando de ellos, con total impunidad. Esto era algo conocido, pero este material confirmaría que los jesuitas eran conscientes de la situación y no hicieron nada para solucionarlo.
 
Como sucede en los casos de pederastia de la Casa de Santiago, de los que ayer nos hablaba Oriol Trillas, la solución del momento era enviar a los abusadores a tierras lejanas, como si la simple distancia corrigiera los errores cometidos. La experiencia de los jesuitas no pudo ser más nefasta, porque algunos de sus miembros, huidos de España, encontraron en Bolivia muchas más facilidades que en nuestro país para continuar haciendo sus fechorías. Algo parecido pasó con la Casa de Santiago en Kenia, donde algunas religiosas autóctonas que acabaron viniendo a España por la escasez de vocaciones expresaron su escándalo al recordar la actitud de algunos "misioneros españoles".

Algún ingenuo jesuita muestra su dolor en esas cartas por el hecho de que su compañero Lluís Tó, continuara haciendo de las suyas, creían que el hecho de marchar de España haría reaccionar al pederasta, pero nada más lejos de la realidad. La Compañía de Jesús lo sabía y aun así no dieron ningún paso para que Tó no estuviera en contacto con menores, y para imponerle un severo correctivo, más allá de proporcionarle algún psicólogo simpático, que simplemente cumplía el expediente.
 
Por su parte, los jesuitas catalanes, que han tenido una actitud pésima hasta el momento, haciéndose los suecos, y huyendo de cualquier reparación o apoyo a las víctimas, parece que empiezan a cambiar el planteamiento, y es que esas cartas y esa documentación deja bien clara la evidencia de que los jesuitas sabían de los abusos de Lluís Tó, y no tomaron medidas.
 
El jesuita Pau Vidal, delegado de la Compañía de Jesús en Cataluña
 
Por eso, el delegado en Cataluña de los jesuitas, Pau Vidal, al hacerse pública esta documentación ha calificado de "nefasta" la gestión de este caso de hace unas décadas, afirmando que "es incomprensible cómo no se tomaron actuaciones contundentes para ponerlo en manos de la justicia ordinaria". Ahora muchos golpes de pecho, cuando las evidencias no permiten esconder el delito, pero también cuando el pederasta en cuestión está muerto desde 2017.

Pero ante otros pederastas jesuitas que abusaron en Barcelona, la actitud no siempre ha sido la misma, si están vivos, se les oculta en alguna residencia de la Compañía de Jesús, y cuando se mueran, pues ya no habrá problema en tirar toda la porquería encima. Antes no conviene, no sea que hablen, y digan que fueron protegidos y encubiertos por sus hermanos superiores.
 
Algunos abusadores ya han muerto, pero hay otros que siguen campando a sus anchas, ejerciendo su ministerio sacerdotal, sin castigo alguno, sin ser suspendidos de su condición clerical, y en algún caso dándoles responsabilidades pastorales. Han pasado muchos años desde algunos de estos casos, pero que algunas víctimas tengan que ver a sus verdugos ejerciendo el sacerdocio como si nada hubiera pasado, es un verdadero escándalo, permitido por aquellos que se llenan la boca de "tolerancia cero" ante los abusos.
 
Francesco Della Rovere

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18 comentarios

  1. El día 17 de octubre de 2023, en El País se publicaron diversos casos de pederastia haciendo referencia a nuestra diócesis de Barcelona. Entre ellos el caso Mariné. También casos de jesuitas y hasta un caso de la parroquia de San Ginés de Agudells, de un presunto amante del rector que abusó de un menor allá en el año 2005 creo recordar.¿Sé sabe algo al respecto?

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    1. Los sectarios de "El Pais" llevan años en campaña contra la Iglesia, recogiendo testimonios sin ninguna criba, le han colado varios testimonios falsos, pero les da igual. Para ellos lo unico importante es atacar a la Iglesia. Algunas victimas han puesto en evidencia que, si el abusador no era clérigo, entonces no tenian ningun interes para este panfleto del "El País", subvencionado por nuestros impuestos.

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  2. Sinodalidad, justicia y verdad (a)12 de junio de 2024, 4:43

    Por lo general, según mi saber y opinión, modernamente se suele diferenciar entre autor del abuso y víctima, esta última gracias a una mayor comprensión científica de sus necesidades:


    I. AUTOR

    Sólo puede ser condenado a través de un sistema judicial mediante la vía penal (delito e indemnización) o civil (indemnización).

    Se somete a los estrictísimos derechos humanos de garantías procesales, entre las cuales:

    1. Derecho a la presunción de inocencia
    2. No ser presentado como culpable si no hay sentencia condenatoria (está prohibida la pena de banquillo, la pena de telediario, la foto del policía con la mano en cabeza introduciéndolo en el coche con las esposas, las tertulias de chafardeo presentándolo como culpable...)
    3. No ser declarado anticipadamente como culpable
    4. Derecho a no declarar en su contra
    5. Derecho a estar en silencio
    6. Derecho a estar presente en el juicio
    7. Derecho a medidas cautelares motivadas y excepcionales (prisión sin fianza)
    8. Derecho a un juicio justo con garantías procesales
    9. Derecho a un abogado
    10. Derecho a presentar pruebas de descargo
    11. Derecho a una sentencia motivada
    12. Derecho a un segundo juicio

    Para evitar caer en un sistema dictatorial propio de Hitler y Stalin, el sistema penal, en caso de dudas, prefiere dejar a un culpable en la calle y nunca quiere arriesgarse a poner a un inocente en la prisión o condenarlo siquiera a multa, inhabilitación...

    Los derechos humanos de garantía procesal son tan vitales para la convivencia democrática basada en derechos humanos (Stalin, Hitler...) que prevalecen también en los procedimientos sancionadores administrativos (como dice el P. Custodio, incluso en la Iglesia) y además en todos los acuerdos extrajudiciales si hay hechos prescritos (el acusado se reconoce culpable y paga indemnización).

    La presunción de inocencia es expansiva e irrenunciable, es un derecho humano básico, perdura hasta después de muerto, sus herederos pueden presentar demanda de indemnización por daños y perjuicios en el honor e imagen (si la Iglesia condena violando los derechos humanos procesales penales y administrativos, también ha de pagar indemnización civil).

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  3. Sinodalidad, justicia y verdad (b)12 de junio de 2024, 4:44

    II. VÍCTIMA

    Aquí funciona un sistema administrativo enfocado hacia la reparación de los daños sufridos por la víctima. Actualmente, parece que la moda es dar una compensación oficial, mediante un baremo según los daños, más terapia proporcionado por la seguridad social y el reconocimiento oficial de víctima.

    Es muy importante destacar que este reconocimiento de víctima NUNCA JAMÁS puede afectar ni a los derechos individuales de los supuestos acusados, haya prescrito o no su caso, y tampoco a la orden, congregación, diócesis o Iglesia, porque el derecho al honor y propia imagen también favorecen a las personas jurídicas.

    Según el derecho comparado internacional, las Comisiones de Reconocimiento de Víctimas de niños abusados suelen tener esta estructura:

    Órganos Instructores y Enjuiciadores del Procedimiento de Reconocimiento de Víctimas.

    A. INSTRUCTOR
    La Comisión de Reconocimiento de Víctimas de Abusos:

    Es el principal órgano encargado de instruir el procedimiento de reconocimiento de víctimas. Una vez recibida la solicitud junto con la documentación requerida, dicta:

    1. Admisión o Inadmisión: proponer la INADMISIÓN de solicitudes dentro de un tiempo fijado desde su recepción, o bien ADMITE analizar las solicitudes admitidas y ACORDAR la propuesta de declaración de la condición de víctima o la denegación de esta condición.

    2. Actuaciones Instruccionales: La Comisión puede escuchar al solicitante, requerir datos de otras administraciones, solicitar informes de personas con conocimiento relevante y llevar a cabo cualquier actuación necesaria para esclarecer los hechos.

    EL INFORME PSICOLÓGICO es esencial en este tipo de casos de abusos porque no hay daños ni materiales (como el terrorismo: coches, negocios, viviendas...) ni físicos (asesinatos, heridos, explosiones, secuestros...), sólo psíquicos, y permite concluir que SUS DAÑOS PSÍQUICOS SON COMPATIBLES CON ABUSOS.

    3. Suspensión del Procedimiento: Si existen causas judiciales abiertas, la Comisión suspende la tramitación del expediente hasta que se agote la vía judicial.


    B. ENJUICIADOR
    Departamento, consejería, ministerio u organismo administrativo encargado:

    1. Enjuiciador de las solicitudes: una vez que la Comisión de Reconocimiento ha elaborado su informe motivado sobre cada solicitud, este se traslada al órgano enjuiciador, que emitirá la resolución final

    2. Plazo de Resolución: tiene un plazo para emitir la resolución desde la recepción del informe.

    3. Comunicación de la Resolución: la resolución se comunica a los interesados en un plazo. Si no se dicta resolución en el plazo establecido, se entiende desestimada la solicitud por silencio administrativo.

    4. Recursos: contra la resolución que pone fin al procedimiento, se puede interponer un recurso administrativo ante el Gobierno nacional o regional, cuya resolución agotará la vía administrativa y pasaría a la judicial.

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  4. Sinodalidad, justicia y verdad (c)12 de junio de 2024, 4:47

    III. SISTEMA DEFICIENTE

    Obviamente, al ser una materia muy novedosa, hay muchos vacíos legales, muchas incógnitas y dudas, que con el tiempo, los jueces, abogados y legisladores irán solucionando:

    1. El sistema jurídico español no aborda adecuadamente la reparación del daño en casos de abuso sexual infantil, con deficiencias en indemnización, plazos de prescripción y ayudas públicas.

    2. Hay propuestas para la creación de un órgano autónomo para gestionar indemnizaciones y anticipar pagos a las víctimas menores.

    3. Este órgano debería también administrar las indemnizaciones hasta que las víctimas alcancen la mayoría de edad, cubriendo gastos como tratamientos psicológicos.

    4. Deben existir unas normas específicas para el plazo de prescripción que comience al mismo tiempo que el del delito.

    5. Recomendación de un sistema de baremación de daños con criterios claros para jueces, que considere el impacto psicológico y otros factores relevantes.

    6. Para mejorar las ayudas públicas de la Ley 35/1995, se proponen reformas como la ampliación del plazo de solicitudes, la asignación de competencias a un órgano independiente y la adopción de un baremo que considere varios factores relacionados con el abuso.

    7. Hace falta un procedimiento instructor y enjuiciador completo que proteja a la víctima pero también al acusado, el cual mantiene intactos todos sus derechos humanos de garantía procesal.

    8. EL GRAN PROBLEMA. Como tratar estos casos injustos de casos prescritos para el derecho, donde el autor ha "escurrido el bulto", con o sin ayuda de su institución, y encima, regresa al lugar del delito con todos los derechos restituidos. Aquí sólo existe el sistema de la presión popular, la legitimidad moral y la dignidad para ejercer cargos y oficios, por el momento.



    IV. LA GRAN SOSPECHA

    Sin duda, la diócesis de Barcelona tiene serios indicios de que se estructura una organización a alto nivel jerárquico que ejerce actividades absolutamente reprochables y cuestionables, impropias de su función de salvación de las almas:

    1. Sexualidad: tenemos los presuntos casos de la Casa de Santiago, de los jesuitas de Bolivia, del Seminari del Poble de Déu, del caso del P. Mariné-P. Pere Muñoz (supuesto caso durante los 1970, donde unos niños monaguillos a los que P. Mariné, otros dos curas más y un seminarista agredían sexualmente en un piso al que acudían también otros adultos)...

    2. Especulación y entramado inmobiliario: derribo de la parroquia del Espíritu Santo para edificar una facultad de la Blanquerna, las supuestas represalias a su rector mediante multa y suspensión a divinis, la Balmesiana, el convento de la C/ Encarnación, el derribo de la iglesia de la plaza Bernat Calbó; presuntas extensiones territoriales: el “Proyecto Montesión” del colegio jesuita de Palma de Mallorca, Xavier Pomés como el ecónomo cabecilla de la venta del seminario de Almería...


    El delito y el delincuente siempre existió, existe y existirá, pretender erradicarlo es absurdo, pero en la época en que estamos, con derechos avanzados y altotecnología, este disparate de maldad desatada impune e inmune no puede tener lugar entre nosotros...

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  5. Sinodalidad, justicia y verdad (d)12 de junio de 2024, 4:51

    V. SINODALIDAD, JUSTICIA Y VERDAD

    Hay que insistir siempre hasta la extenuación, para aclarar la verdad y la justicia de todas estas malas praxis del gobierno de la diócesis del arzobispado de Barcelona, porque la misma jerarquía (arzobispo y obispos auxiliares, curia) está indiciariamente implicada de manera directa y operatoria en algunos casos aparentemente, así como del gran escándalo de la Casa de Santiago, donde desaparece toda una causa penal y las mismas cartas dimisionarias, pudiendo emigrar supuestos implicados (Taiwan, Kenia, Inglaterra, EEUU) donde ejercen su oficio, y prescrito, regresar, con una aparente protección desde las mismas altas instancias diocesanas, contra la justicia y la verdad.

    Si es necesario, hay que reivindicar tanto la sinodalidad judicial ya vigente y efectiva (el Pueblo de Dios tiene derecho a deliberar y debatir sobre estos temas), como la creación de una Comisión Sinodal de la Justicia y la Verdad, como se hizo en Suráfrica: sin pedir responsabilidades jurídicas, sí pedir responsabilidades morales y la justicia restaurativa a todos los implicados, en materia de abusos y especulación. La sinodalidad es:

    1. Transparencia informativa
    2. Participación, deliberación y decisión del Pueblo de Dios (laicos y consagrados)
    3. Rendición de cuentas, gobernanza y responsabilización de los actos propios


    La vida de Jesús:

    - Nunca jamás permitió Jesús esta orgía de los vividores del abuso, salidos de la Revolución de 1968: ni su palabra ni sobre todo su vida contradijo la continencia, abstinencia, pureza, castidad y celibato que debe llevar todo católico, fiel o consagrado, como San José, y sobre todo su madre, María. Jesús no derogó ningún mandamiento, ni un punto de la i, sino que los perfeccionó: "que vuestro sí sea sí, y vuestro no sea no, lo demás procede del diablo..."

    - Jesús no tuvo ningún patrimonio o renta personal, no dirigió inversiones ni empresa, se dedicó sólo a la salvación de las almas, no fue banquero, ni sindicalista, ni empresario, ni fue una ONG, ni fue guerrillero, ni político, ni un pasota indiferente, ni un sincretista, ni un corrupto, ni un injusto, ni un mentiroso...

    Transparencia y responsabilidad sinodal incondicional, siempre, irrenunciable, permanente...

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  6. En toda organización humana hay y hubo depravados.

    El problema está, que sólo sacan los del clero.

    Máxime, cuando son el 2% de los casos.

    Porque no se meten con el 98 restante?

    Con el marido de Oltra, por ejemplo.

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  7. Por favor. No dejen hacer esos comentarios tan extensos y que a veces, la mayoría, se hacen pesados de leer. Por favor comentarios breves.

    ResponderEliminar
  8. Vuelve la burra al trigooooo......

    El papá volvió a hablar de mariconeo, está vez contra la curia Vaticana.

    Agradecería opinión del farsante Apóstol americano pro-lgtbi#?z sobre el asunto.

    Madre... Que vergüenza!!!

    ResponderEliminar
  9. 'En toda organización humana hay y hubo depravados.'

    Però l'Església no és una 'organització humana' a l'ús.


    De cap manera!


    ['L'església de francesc'?

    Sí. Sense dubte!]

    'El problema está, que sólo sacan los del clero.'

    Tot i que no dubto que això és la veritat per El País i per la immensa majoria de premsa i de mitjans a Europa i als EUA, no obstant de cap manera estic d'acord amb la idea (implicita) que el tema s'ha exagerat.

    Els problemes múltiples que tenim inclouen:

    *El % d'abusadors clericals
    *La disposicio dels bisbes de protegir-les
    *El grau de decomposició i de depravació que s'ha trobat en molts organismes ecclesials; inclòs, d'una manera més que espectacular, sembla, la Companyia de Jesus al seu apartat català
    *El PAPA FRANCESC


    'Porque no se meten con el 98 restante?

    Con [ Luis Eduardo Ramírez], por ejemplo.'

    Com és que vostè NO hagi escrit [el nom de l'abusador] i enlloc, sí que ha apuntat el nom de la dona (en el moment dels abusos)?

    ResponderEliminar
  10. 15/57, está bien su exposición sobre el tema.

    Pero no es justo, que aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, metan en el mismo saco a todo el clero como culpables.

    Los ANTI-DIOS están para destruir la Santa Iglesia de Dios desde siempre.

    No les demos PÁBULO, POR DIOS!!!

    ResponderEliminar
  11. El 70%de los abusadores son del clero catalán.

    Algo tendrá que ver la exaltación patriótica contra Felipe V???

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  12. A ver tomese una tila. Que tiene que ver Felipe V aquí.

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    1. No es Felipe V sino el VI, vamos el.que ni ha consagrada España al Corazón de Jesús como hizo su abuelo, pero si que ha firmado la amnistia para el felón belga y para la camarilla golpista

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    2. Tiene que ver, mucho.

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    3. Su abuelo nunca fue rey, era un simple conde y no era especialmente religioso, más bien lo contrario

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  13. 400 " religiosillos" firmaron contra el decreto de nueva planta.

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    1. Eran y son, los que aún viven, pobre gent. Benedicto XVI nos indicó que "no nos confundiesen"...Esos 400 mossens estaban/están confundidos y confundieron a muchos

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