El obispo Brotóns Tena, otro peón más de Omella

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En mi último escrito sobre el obispo Pere Tena, les hablaba del otro Tena, el que será nuevo obispo de Plasencia. Se trata de este señor con traje y corbata que aparece en la foto superior del escrito, y como ya dije, otro peón más del cardenal Omella en el episcopado, en esa batalla que tiene con el Nuncio Auza. Y aunque aparentemente estos prelados no están en grandes diócesis, su voto en la plenaria de la Conferencia Episcopal vale exactamente igual que el de un arzobispo y cardenal. 

Se llama Ernesto Brotóns Tena, y es sacerdote de la archidiócesis de Zaragoza, como lo fue el mismo Omella, lógicamente fue ordenado por Don Elías Yanes el gran protector e impulsor de nuestro actual arzobispo que lo nombró su obispo auxiliar y desde allí emprendió una brillante carrera eclesiástica. En la capital aragonesa ha destacado por estar al frente del CRETA, que no tiene nada que ver con la población de nacimiento de Don Juan José, sino que significa Centro Regional de Estudios Teológicos de Aragón, en el que él mismo había estudiado, algo parecido a lo que sería el ISCREB de Matabosch y Batlle en Barcelona, con la diferencia de que en Zaragoza los futuros sacerdotes aragoneses tienen que pasar por ahí obligatoriamente, en un ambiente más bien progresista como lo es el ISCREB barcelonés.
 
Ernesto Brotons, ya con clrergyman y con una cara que da algo de miedo 

Este sacerdote, doctorando en Teología Dogmática, ha estado apodado en algunos ambientes como el “Teólogo de la felicidad”, un título en el que se ve claramente que es discípulo de Omella, además se ha especializado mucho en el diálogo entre católicos y luteranos. El diálogo es precisamente otra de las palabras claves del cardenal aragonés. 

Otro obispo de la misma cantera, el CRETA, también promocionado por Omella es José Antonio Satué Huerto, actual obispo de Teruel-Albarracín, de la misma promoción que Brotóns Tena, donde obtuvo el bachillerato en teología. Aunque formó parte del Seminario Interdiocesano de Zaragoza, fue ordenado en Huesca, donde continuó su carrera eclesiástica, hasta que Omella que llegó a ser un tiempo administrador diocesano oscense, decidió promocionarlo para que formara parte en Roma de la Congregación para el Clero, algo que no le costó demasiado, sabida la amistad que había entre el cardenal turolense, y el Prefecto de la Congregación de entonces Beniamino Stella. Posteriormente el mismo Omella lo impulsó como obispo.

Abilio Martínez (izquierda) y José Antonio Satué (derecha) antes de ser obispos

Y así suma y sigue, Omella va colocando sus peones por toda España, como es el caso de Osma-Soria, donde su titular es Abilio Martínez Varea, un sacerdote logroñés de máxima confianza de nuestro arzobispo cuando era prelado de Calahorra-La Calzada-Logroño, una especie de calco suyo, que responde a aquella expresión que nuestro compañero Antoninus Pius le atribuye al turolense: “simpático y dicharachero”.

Y todo esto sin contar todos los obispos catalanes, que han sido obra de su influencia y de manera especial sus dos auxiliares, que eran tres hasta la muerte de Antoni Vadell y que probablemente volverán a ser tres en breve. Omella tiene asegurados muchos votos a su favor e incluso después de que él mismo deje la Conferencia Espiscopal. Su sombra será alargada después de que se le acepte su renuncia, como lo fue la de su mentor Yanes.

Francisco Fabra

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8 comentarios

  1. ¿Dónde está la sinodalidad? (i)28 de julio de 2022, 5:22

    "Omella tiene asegurados muchos votos a su favor e incluso después de que él mismo deje la Conferencia Espiscopal. Su sombra será alargada después de que se le acepte su renuncia, como lo fue la de su mentor Yanes."

    ---

    Pero no hay que olvidar que el obispo no sólo tiene la potestas sino también la auctoritas, o sea, el carisma, la unción, la credibilidad, la reputación, el ascendiente, la buena fama e imagen... un obispo electo porque otro lo ha elegido para sumar votos, y sin la participación del Pueblo, se expone a ser un cero a la izquierda, por mucho poder jurídico que tenga. Parece que estamos en la apoteosis de la omellidad y la bergogliedad en lugar de la sinodalidad... :)

    ...

    Resulta encantador que, precisamente, durante este trámite del Sínodo de la sinodalidad, la elección de los obispos se realice desde el punto de vista más centralista, oscurantista, cerrado y clericalista que exista en toda la historia de la Iglesia.

    No olvidemos que la sucesión apostólica es de vital importancia para la vida de la Iglesia, puesto que nos remite a una de las notas esenciales de su identidad. En el Credo profesamos que la Iglesia es Una, Santa, Católica y Apostólica. Por ello hay que tener métodos bien ponderados y justos que permitan el acceso al ministerio del Episcopado de candidatos verdaderamente santos e idóneos, no solo porque estén adornados de las cualidades de un buen Pastor, sino también porque su perfil humano y sacerdotal sea lo más adaptado posible a la grey que va a apacentar.

    Y es que si hay un ministerio que afecte de forma decisiva al bien común en la Iglesia es el del Obispo, pues precisamente a él le corresponde cuidar o apacentar a todos, incluida la Iglesia Doméstica o las familias, discernir los carismas, las manifestaciones del Espíritu, guardar el Depositum fidei. En definitiva, del Obispo depende la buena guía y el buen gobierno de la Iglesia particular por ser su Pastor propio, su cabeza y el esposo que se dona a su esposa, la diócesis o Iglesia Particular, ejerciendo con generosidad los tria munera. De ahí que se diga con toda verdad que donde está el Obispo está la Iglesia.

    ...

    A. Principios sinodales de la Patrística en los siglos III al IV

    a) El juicio de Dios
    b) La fraternitas y el ejercicio de la sinodalidad
    en la comunidad
    c) Sensus fidei desde el principio clerus populusque
    d) El testimonium de los presbíteros
    e) El suffragium plebis
    f) El iudicium Episcoporum

    ...

    B. Los modelos sinodales desde el siglo III son estos:

    1. Fuentes apostólicas y patrísticas de los primeros siglos. San Cipriano de Cartago para Occidente y de Orígenes para Oriente, la del Apóstol Matías (Hch 1, 12-26) y en la eclesiología de la FRATERNITAS de San Cipriano

    2. Modelos sinodales de los siglos IV y V

    3. Concilios de la época

    4. El pensamiento de los Santos Padres y el Concilio de Nicea (325)

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  2. ¿Dónde está la sinodalidad? (ii)28 de julio de 2022, 5:22

    A. Principios sinodales de la Patrística en los siglos III al IV



    1. EL JUICIO DE DIOS

    El juicio de Dios pasa inexorablemente por la comunidad entera llamada fraternitas constituida por los laicos, el clero (en esta época fundamentalmente los presbíteros) y los Obispos, cada uno realizando su función acorde a su condición y con espíritu de comunión. San Cipriano en la elección del obispo Cornelio: por el testimonio de casi todo el clero, por el sufragio del pueblo que estuvo allí presente, por el apoyo de hombres respetables, sacerdotes con antigüedad (Ep. LV, 8, in: CSEL, III, 2). El obispo electo por todos -obispos, clero, pueblo- buscando hacer la voluntad de Dios, equivale a un elección de Dios.



    2. LA FRATERNITAS

    Desde el siglo V, el ejercicio sinodal en la elección episcopal sigue estos conceptos: suffragium, testimonium, iudicium, populus, Episcopus, ordinatio, impositio manus, clerus (clero) y plebs (laicos). Es la Neo Polis o Neo Urbs, según la concepción greco-romana, la ciudad celestial cuya muralla tiene doce cimientos con los nombres de los doce Apóstoles del Cordero (Ap. 21, 14), a quienes Cristo dio el mandato de hacer «discípulos a todas las gentes, bautizándolas en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo» y enseñándoles a guardar todo lo que les ha mandado (Mt 28, 18-20), manifestando con ello que es voluntad de Cristo que la configuración de la fraternitas sea inexorablemente desde el ministerio apostólico, adquiriendo con ello su constitución jerárquica.



    Cada sección -Obispos, clero y laicos-, con el don del discernimiento nacido del bautismo, tenía muy claro su papel: en primer lugar, los presbíteros notables o más ancianos y demás presbíteros daban su testimonio de buena voluntad sobre el candidato y, en segundo lugar, los laicos, preeminentemente los hermanos más notables, emitían su suffragium, entendido aquí no como uno voto en el sentido democrático actual, sino como acuerdo, favor, aprobación, inclusive aplauso o aclamación; en definitiva, se refiere a otorgar un consentimiento o un apoyo. También hace referencia a una expresión clamorosa -aclamación- del pueblo que pide vehementemente una cosa, en este caso, que sea instituido en el Episcopado determinado candidato.



    3. SENSUS FIDEI DESDE EL PRINCIPIO CLERUS POPULUSQUE O SINODALIDAD

    Si solamente se puede tener certeza del juicio de Dios sobre un candidato a través de la elección sinodal de la fraternitas, se está afirmando que no sólo el Obispo, sino cada miembro del clero y del pueblo -clerus populusque-, poseen el don de discernimiento gracias al bautismo recibido, lo cual, tiene como consecuencia que todos estén bajo una misma sintonía o un mismo sentido interno de la fe, pues todos han sido ungidos por el mismo Espíritu, naciendo con ello para cada uno, el derecho de que su testimonio sea digno de ser ponderado, de aceptarse como válido su juicio favorable o su apoyo a una causa justa, en este caso, a un candidato al Episcopado.

    El principio clerus populusque consistiría precisamente en la expresión de un testimonio válido sobre la idoneidad de un candidato gracias a que tanto el clero como los laicos están en la misma sintonía, emiten su parecer digno de ser tomado en cuenta gracias a que está bajo la guía del mismo sensus fidei, y es precisamente sobre tal testimonio que los Obispos vecinos a la sede vacante emiten su iudicium.

    No es el Obispo de Roma quien nombra a los Obispos, sino que es la comunidad (clerus et plebs) quien elige a su propio Obispo bajo la atenta vigilancia de los Obispos vecinos. El Obispo de Roma, el cual arbitra sólo en caso de conflicto.

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  3. ¿Dónde está la sinodalidad? (iii)28 de julio de 2022, 5:23

    4. CORRUPCIÓN DE LA ADLECTIO Y LA ELECCION ASAMBLEARIA

    La adlectio o designación directa del sucesor por el antecesor tendía fácilmente al nepotismo, debido a que la mayoría de los miembros del clero estaban casados e instalaban "dinastías" episcopales "consanguíneas".

    La Asamblea para la elección del Obispo, así sin más, este sistema favorecía que los candidatos al Episcopado pudieran caer en los mismos vicios de las elecciones de los magistrados municipales, tales como corrupción, sobornos, nepotismo, cooptación, todo ello en el arte de la manipulación de un pueblo ignorante.



    5. EL TESTIMONIUM DE LOS PRESBÍTEROS

    La declaración de idoneidad del candidato dada por los presbíteros, primero los más antiguos, de dar fe de sus virtudes y buena estima, sino también como el apoyo del colegio de los presbíteros, incluso puede ser elegido por la sanior pars o parte sana, los curas de mayor reputación y santidad.



    6. SUFFRAGIUM PLEBIS

    Un derecho inherente a la condición de ser bautizado, un patrimonio de todos y no nada más de un grupo de privilegiados. Se elige al Obispo ante la asamblea y sea consagrado ante la presencia del Pueblo «de modo que […] se descubran los delitos de los malos y se publiquen los méritos de los buenos, y así, la elección sea regular y justa. El feligrés, el será gobernado por el obispo, tiene el derecho de conocer al candidato (los defectos de los malos y los méritos de los buenos) poseyendo potestad de aceptar al digno y de rechazar al indigno.



    7. IUDICIUM EPISCOPORUM

    La función de los Obispos más cercanos a la diócesis vacante, no se limitaba a consagrar al nuevo colega sino que previamente debían emitir su juicio sobre el candidato. El iudicium siempre va ligado al discernimiento y éste a su vez, se conecta con la voluntad divina, de manera que cuando los Obispos juzgan la idoneidad de un candidato, están realizando un ejercicio sagrado que implica no nada más un raciocinio y un consenso humanos, sino un acto de fe en oración y en temor de Dios, pues están convencidos de que son instrumentos de la acción del Espíritu Santo a favor del bien de la comunidad.



    8. Ordenamiento de la sinodalidad en la elección de obispos

    En teoría, lo más lógico sería que primero la comunidad reunida en un ambiente de oración llegara a un acuerdo, para que cuando llegaran los Obispos vecinos, si así lo desearan, escrutaran al candidato, tomaran el parecer de los presbíteros más ancianos, a los laicos honorables u hombres de confianza y finalmente, emitieran su juicio a favor o en contra, poniéndose en evidencia el papel jerarquizado de cada sector (Episcopus, clerus populusque), revelando que el juicio definitivo sobre la idoneidad y la consecratoria imposición de manos perteneció siempre a los Obispos y por lo tanto recaía en ellos la última palabra y la más importante.



    9. DECADENCIA DEL MODELO PRIMIGENIO

    La decadencia de la participación de la comunidad en la elección del Obispo comenzó en la segunda mitad del siglo IV, pues fueron estableciéndose niveles de influencia que antes no existían: la nobleza de la ciudad, el consenso de los mejores ciudadanos (meliorum civitatis), el establecimiento de la figura de la aclamación de las masas como mero acto festivo y protocolario, y la elección por el Metropolitano, los Señores feudales, el Rey y el Emperador.

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  4. ¿Dónde está la sinodalidad? (iv)28 de julio de 2022, 5:24

    Una reforma sinodal en cualquier instancia y procedimiento eclesial mira a la misma identidad de la Iglesia. Así lo afirmaba San Juan Crisóstomo al decir que la Iglesia tiene nombre de sínodo, lo cual implica, que ella es ajena al espíritu de división, rivalidad, individualismo, corrupción, conchabeo y pretensiones de poder propias del mundo, tanto en sus relaciones como en sus decisiones.

    Al contrario, el espíritu que ha de animar a la Iglesia es el Espíritu de Jesucristo, haciendo que ella viva de manera semejante a la vida de comunión intratrinitaria, de modo análogo a la existencia divina que es luz (1Jn 1, 5) con sus notas características como la transparencia, la apertura y el servicio de iluminar todo lo que le rodea.

    La sinodalidad es, por tanto, caminar en la luminosidad de Jesús:



    1. TRANSPARENCIA Y LUMINOSIDAD: INFORMACIÓN PÚBLICA Y TOTAL PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN EL PROCESO DE DESIGNACIÓN Y ELECCIÓN.

    La coparticipación justa y responsable de todos los miembros del Pueblo de Dios, dando un paso más adelante en el desarrollo de la eclesiología de comunión.



    2. ANTÍDOTO Y MEDICINA CONTRA LAS LUCHAS DE PODER POR GRUPOS DE PODER INTRAECLESIAL, CLERICALISMO, INTERFERENCIA POLÍTICA Y NEPOTISMO PARA DESIGNAR OBISPO

    La sinodalidad es medicina contra las luchas de poder, el clericalismo y el nepotismo tanto en la elección episcopal como en las demás instancias y acciones de la Iglesia: cada quien está donde tiene que estar y hace lo que tiene que hacer según los principios de COPARTICIPACIÓN, SUBSIDIARIEDAD Y SENSUS ET CONSENSUS FIDELIUM.



    3. CANDIDATOS SUFICIENTEMENTE IDÓNEOS Y SANTOS EN ORTODOXIA Y ORTOPRAXIS

    Han de ser rechazados de plano todos los candidatos heterodoxos, heteropráxicos, herejes, cismáticos, apostáticos, que dan enseñanzas con graves errores, temeridades y deficiencias. También los inmorales. Eso implica que la totalidad del clero nacional-progresista es inidóneo insubsanable del todo para ser obispo.

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  5. ¿Dónde está la sinodalidad? (v)28 de julio de 2022, 5:25

    Ha de haber una buena guía el Pueblo de Dios para que la Iglesia no pierde el rumbo y su eficacia en el cumplimiento de su misión. La búsqueda constante de Pastores u Obispos idóneos según la voluntad de Dios es ineludible pues mira a la sucesión apostólica, la cual nos remite a una de las notas esenciales de la Iglesia que es apostólica.



    1. SINODALIDAD: PRINCIPIOS DE COPARTICIPACIÓN DE LOS TRIA MUNERA POR LOS TODOS LOS FIELES

    La tríada de santificar, enseñar y gobernar se utiliza para desarrollar el significado salvífico de Jesucristo, como profeta y revelador (función profética), como sumo sacerdote de la nueva alianza (función sacerdotal), como rey y Señor de toda la creación (función regia).



    2. PRINCIPIOS APOSTÓLICOS Y PATRÍSTICOS EN LA SINODALIDAD:

    "EL QUE HA DE APACENTAR A TODOS DEBE DE SER ELEGIDO POR TODOS"



    3. JUSTA PONDERACIÓN DE LAS PARTES DE LA PORTIO PRESENTES EN LA DIÓCESIS CON FILTRO DE ORTODOXIA Y ORTOPRAXIS

    Los candidatos a obispo deben obligatoriamente de ser fieles a la ortodoxia y ortopraxis (recta pastoral), que sea una persona de sana doctrina y probidad moral, estar dotado de celo por las almas y de otras virtudes, y tener las cualidades para regir una diócesis.

    4. VOTO DELIBERATIVO A LOS PARTICIPANTES DE LA ELECCIÓN DE CANDIDATOS AL EPISCOPADO



    5. PARTICIPANTES EN LA SINODALIDAD

    a) Romano Pontífice
    b) Nuncio
    c) Conferencia episcopal
    d) Metropolitano, obispos sufragáneos, auxiliares
    e) Presbíteros agrupados (colegio de consultores, cabildo, arciprestes, consejo presbiterial) e individualmente considerados
    f) Diáconos y órdenes ministeriales
    g) Religiosos y todo tipo de vida consagrada
    h) Teólogos, canonistas, biblistas, moralistas
    i) La feligresía laical



    6. PRINCIPIOS DE EQUIDAD Y SUBSIDIARIEDAD



    7. FASE I: PROPUESTA DE TERNAS POR EL COLLEGIUM PRO ELIGENDO EPISCOPO DIOCESANO, DOTADO DE ESTATUTOS, CRITERIOS DE IDONEIDAD, ÓRGANOS, FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN, Y SOMETIDO A LOS PRINCIPIOS DE COLLEGIUM, AFFECTUS ET LIBERTAS



    8. FASE II. ESCRUTINIO DE LOS CANDIDATOS DE LA TERNA MEDIANTE UN TRIBUNAL PRESIDIDO POR EL NUNCIO, EL METROPOLITANO Y EL PRESIDENTE DE LA CEE U OTROS OBISPOS ELECTOS AD CASUM



    9. NUNCIO ENVÍA LA DOCUMENTACIÓN AL PONTÍFICE PARA NOMBRAMIENTO



    10. PROCLAMAS EN LOS LUGARES DONDE EJERCIÓ EL NOMBRADO PARA OBISPO PARA QUE OBLIGATORIAMENTE SE COMUNIQUE ALGUNA SITUACIÓN A FAVOR O EN CONTRA DE LA IDONEIDAD DEL ELECTO


    ...


    En relación con el Pueblo de Dios formado por la feligresía laical:



    1. PUEBLO DE DIOS CON COMPETENCIA Y CAPACIDAD E IMPLICADO


    2. COPARTICIPACIÓN, RESPONSABILIDADES, CARISMAS Y FUNCIONES LAICALES


    3. CONOCIMIENTO INTELECTUAL DE LOS PRINCIPIOS JURÍDICO-TEOLÓGICOS DE ECLESIOLOGÍA DE LA COMUNIÓN, EL SENSUS FIDEI Y LA SINODALIDAD


    4. MENTALIDAD DE RECTA ORTODOXIA Y ORTOPRAXIS, DEFENSA MARTIRIAL DE LA FE, CONFIANZA, FRATERNIDAD Y CONCORDIA


    Aquí es donde está el gran fallo de la feligresía diocesana. En general, el católico medio es un mediocre en conocimientos de su propia religión a todos los niveles: bíblicos, morales, fideísticos, dogmáticos, litúrgicos, eclesiales, teológicos. Es más, si hay algún conocimiento, éste se ha demostrado apostático, como lo demuestra el documento conclusivo presinodal de Barcelona del 29 de mayo, presidido por Omella.

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  6. Abilio Martínez es bastante mejor obispo y sacerdote que Brotons. Nada que ver. Incluso Satué es mejor que Brotons.

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  7. Cuando Joseph Ratziger fue nombrado arzobispo de Munich, en la foto que se difundió también vestía camisa y corbata. Y era reciente.
    En Gerona, el próximo domingo se cumplirán 4 meses de sede vacante. De momento, no es larga la espera (aunque se nos haga larga), teniendo en cuenta que Astorga y Zamora, cuyos obispos fallecieron también en el cargo en 2019, tardaron ambas 13 meses en contar con un nuevo pastor.

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  8. Serviría para protagonizar una película de Nosferatu,. jeje!!!

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