La tarde estaba espesa en La Bellota, como si el aire supiera que íbamos a hablar de justicia, que es un tema que siempre levanta polvo.
El tío Caldú jugaba con el palillo entre los dientes, el Trisca hacía equilibrios con un carajillo que ya no tenía café, el Aurelio hojeaba un periódico viejo como si fuera un códice medieval, y el benemérito sargento miraba a todos con esa mezcla de sospecha y ternura que sólo tienen los que han visto demasiadas declaraciones contradictorias.
Y ese día, además, estaba Fernando, el abogado de Zaragoza. Un tipo fino, de traje gastado y mirada de quien ha visto más sentencias que amaneceres. Venía a Calanda de vez en cuando a ver a los parientes. La vida le fue llevando casi a empujones hacia el vidrioso mundo de la justicia eclesiástica, el régimen jurídico de los curas, que no sólo es inconstitucional per se, sino que, al ser la Iglesia un régimen totalitario-absolutista, trata a los sometidos al antaño nobilísimo Derecho Canónico como ciudadanos de tercera. En fin, que un cura tiene menos derechos que un siervo de la gleba. Con el agravante de que, para más inri, cuanto más ha ido creciendo la inmoralidad en el clero, mayor ha sido la inseguridad jurídica de los reos reales y presuntos de esos delitos (¿Un uno por mil?). En fin, que La Bellota nunca desperdiciaba la presencia de Fernando.
—D. Fernando —empezó el Aurelio—, ¿es verdad eso que dicen de que ahora pueden echar a un cura del estado clerical por decreto, sin juicio, por casi cualquier cosa?
—¡Verdad como un templo! —intervine—. Y no de los pequeños, de los de tres naves y campanario.
El tío Caldú golpeó la mesa:
—¡Pero eso antes no debía pasar! Nunca he oído nada parecido. Ser cura era un cargo y una dignidad para toda la vida.
Fernando levantó una ceja:
—Antes no pasaba porque no podía pasar. Era jurídicamente imposible. Una pena perpetua sin juicio era como un cura sin misa: una contradicción en los términos. Hasta había un canon que expresamente lo prohibía.
El sargento asintió:
—En mis tiempos, ni al peor bandido lo condenaban sin juicio.
—Pues ahora sí —terció Fernando—. Y no sólo por abusos, que era la excepción de Benedicto XVI. Ahora por cualquier delito tipificado en el Código Canónico. Y hasta sin tipificar.
—¡¿Cómo?!, exclamé estupefacto.
—Sí, respondió Fernando. El canon 1399 permite al mismo obispo considerar delito lo que no lo era, si así lo cree oportuno.
—¡La madre que los parió a estos jodíos!, gritó el Trisca. Ni en la Rusia de Stalin pasaba esto. El poder de los soviets era nada, comparado con el de los obispos.
—Esto es así desde 2021 — continuó Fernando embalado—, vía administrativa penal para todos, al estilo de una multa de tráfico. Te ponen de patitas en la calle por cualquier cosa que se le antoje al obispo. Declara “desobediencia contumaz”, por ejemplo, y fusila al cura sin juicio. Le quita la vida eclesiástica, que es la única que tiene.
El Trisca, que no entiende de cánones, pero sí de injusticias, soltó:
—O sea que, si al obispo le caes mal, te firma un papel y a la calle.
Fernando sonrió con amargura:
—No es tan simple, pero casi. Es una decisión definitiva e inapelable que lleva la firma del mismo papa, para reforzar la autoridad de los obispos. Por otro lado, en un procedimiento administrativo, cualquier irregularidad invalida el proceso. Aquí, la instancia superior sana la irregularidad y ¡adelante con los faroles!
Fernando cuenta su caso más sonado:
—Mirad —dijo, apoyando el codo en la barra—. Hace años yo defendí a un sacerdote. Le acusaron de dos cosas: de tener un hijo (que evidentemente no era suyo), y de ser homosexual.
—¿Y era verdad? —preguntó el sargento.
—Ni lo uno ni lo otro —respondió Fernando—. El niño tenía menos parecido con él que el Trisca con Brad Pitt. Y lo de sarasa se lo inventaron a cuenta de un diácono que lo era y al que negaron la ordenación sacerdotal.
—¿Y qué pasó? —preguntó el Aurelio.
—Pues que lo expulsaron del sacerdocio por decreto. Sin juicio. Sin tribunal. Sin proceso contradictorio. Sin nada. Le leyeron sumariamente unas acusaciones anónimas que nunca le entregaron. Un procedimiento administrativo penal, rápido como un rayo y tan garantista como una partida de póker amañada por la mafia de Chicago.
El tío Caldú gritó al tiempo que se santiguaba:
—¡Pero eso es una injusticia!
Fernando bebió un sorbito de su coñac y prosiguió:
—Es lo que pasa cuando la excepción, ¡tan peligrosa!, se convierte en regla.
Yo tomé entonces la palabra, porque en La Bellota uno no puede dejar que la tertulia se desmadre sin poner orden:
—A ver, recapitulemos. Antes, durante siglos, la Iglesia tenía un principio claro: “ninguna pena perpetua sin juicio…”
El sargento levantó un dedo:
—Eso es derecho romano puro.
—Exacto —continué—. Por eso, expulsar a un cura del estado clerical, sólo podía hacerse mediante un proceso penal judicial. Hasta que llegó Benedicto XVI en 2010.
—¡Ese sí que sabía derecho! —murmuró con sorna Fernando.
—Y creó una excepción —seguí—: para los delitos más graves, especialmente abusos sexuales a menores —delicta graviora— la Congregación para la Doctrina de la Fe podía expulsar por decreto, sin juicio. Era una medida extraordinaria para una situación extraordinaria: el escándalo de los abusos.
—Y necesaria —añadió Aurelio.
—Sí —dije—. Pero en 2021, Francisco, el contestadísimo sucesor de Benedicto, amplió la vía administrativa penal a todos los delitos (incluidos, claro está, los delitos supuestos). Lo que nació como una excepción, se convirtió en norma.
El Trisca abrió los ojos:
—O sea, que ahora te pueden echar por decreto por cualquier cosa.
—Por cualquier delito del Código y algún otro, aunque no exista todavía —confirmé—. Desde atentar matrimonio por parte de un clérigo hasta “desobediencia contumaz”, y lo que se tercie, que todo cabe.
Fernando remató:
—Y sin juicio. Sin tribunal. Sin garantías. Sin contradicción plena. Sin carearse con los acusadores. Y con una pena perpetua, definitiva e inapelable.
El tío Caldú, que tiene más sentido moral que muchos dicasterios, me preguntó:
—Cojo, ¿y esto es justo?
Respiré hondo:
—Desde la tradición canónica, ¡no!
Desde la lógica práctica, tan comprensible como en un tribunal revolucionario de la CNT-FAI. Desde la perspectiva del sacerdote acusado, extremadamente peligroso.
Fernando asentía:
—La Iglesia ha sacrificado las garantías procesales en aras de una supuesta eficacia. Y cuando la eficacia manda, acuciada por el escándalo, la justicia se resiente.
El sargento añadió:
—Demasiado poder para un obispo. Y cuando consideras que el procedimiento de acceso al episcopado es fundamentalmente amiguista (¡cuán lejos queda la antigua exigencia de un doctorado para llegar a obispo!), cuando ves la calidad dominante de obispos que ha producido ese método, no puedes dejar de horrorizarte. Eso nunca acaba bien.
Aurelio, siempre conciliador, preguntó:
—¿Y qué hacemos entonces?
—Antes –dije- la Iglesia, con unos obispos mucho mejor formados y elegidos, era garantista. Ahora, con unos niveles lamentables, es funcional. Y eso tiene un precio…
Fernando intervino:
—Un obispo ahora puede instruir, valorar, decidir y ejecutar una pena perpetua. Eso en cualquier sistema jurídico serio, sería impensable. Y la eclesiología del sacerdocio queda profundamente tocada. ¡Como para hacerse cura!
El sargento, que no sabe de teología pero sí de símbolos, lo expresó mejor que nadie:
—Si te pueden echar por decreto, el sacerdocio queda más desprotegido que un recluta sin casco.
La tertulia terminó como terminan las cosas importantes: con silencio.
El Trisca pagó la ronda —milagro digno de beatificación— y Fernando se levantó para volverse a Zaragoza.
—Cojo —me dijo antes de salir—, la justicia sin juicio no es justicia. Es prisa y miedo. Y en medio, los curas dejados de la mano de Dios.
Y sentenció:
—Ni que lo digas. Si el sentido amplio de la Fe y por ende del Derecho canónico es la enmienda del error humano a través de la pena, y con esta, evitar el escándalo, aquí con frecuencia se da precisamente lo contrario: Se humilla al hombre y su dignidad importando sólo su castigo, y se magnifica así el escandalo… Es decir, una especie de juicio final mundano, chabacano y ateo. Y todo eso, para cubrir la incompetencia y la irresponsabilidad (¡tan frecuente!) del obispo.
Y mientras lo veía marchar, pensé que tenía razón.
La Iglesia tenía que actuar.
Pero no así.
Nunca así.
El Cojo de Calanda



