NOTA IMPORTANTE:
Por error del corrector del escrito, éste fue enviado a Germinans Germinabit, cuando debía haber sido enviado a otro medio digital.
Pedimos disculpas por la parte que nos corresponde, y al autor del artículo por los problemas que pueda haberle ocasionado.
Ciertamente el escrito era muy interesante, y lo suscribíamos totalmente. Pero no era voluntad del autor que apareciera en nuestra web.
EL DIRECTORIO DE GERMINANS GERMINABIT
Gracias, P. José María, por este magnífico artículo que honra al presbiterio de Barcelona y a su valiente y decidido Defensor del Vínculo.
ResponderEliminar1. Es un grave error considerar que una nulidad es más rápida y fácil si es tramitada a través de un proceso administrativo.
ResponderEliminarEl procedimiento judicial y el proceso administrativo están regidos por los mismos principios: búsqueda de la verdad, trámites probatorios, recursos, alegaciones, fundamentos jurídicos, fallo, abogados, procuradores, peritos, testigos, costas, honorarios...
Lo único que cambia es el juez, que está dividido en instructor y resolucionador.
Un proceso administrativo que fuera fácil y rápido a costa de la verdad, sería un divorcio a la católica, y por tanto, sería un fraude de ley, un engaño que persigue un resultado prohibido (dictar una resolución injusta a sabiendas) a través de un camino de injustas omisiones de la búsqueda de la verdad del matrimonio, por lo que todos sus intervinientes administrativos serían unos prevaricadores, por lo que cometerían un delito canónico y un pecado mortal.
De eso se trata amigo, de ser pastorales, simpáticos, acogedores y misericordiosos a costa de lo que sea... es decir, fornicar con los reyes de la tierra, como en el Apocalipsis. Ya lo hemos visto en el Sínodo.
Eliminar¿NULIDADES EXPRÉS?
ResponderEliminar"la Iglesia ha de tener el valor de juzgar sobre la validez real de cada matrimonio cuya declaración de nulidad se pretende". Ahí está el meollo de la cuestión: en la "validez real". Somos muchos los que sospechamos que ya actualmente un volumen muy importante de las declaraciones de nulidad, son divorcios encubiertos. Me hizo volver a pensar sobre el tema, escuchar en la tele a Bertín Osborne (por cierto, me impresionó su personalidad y su gran entereza en la forma de afrontar la minusvalía de su hijo Quique, creo recordar, y su generosidad al pensar en los demás padres con el mismo problema). Decía, si no le entendí mal, que le había alejado un tanto de la Iglesia el hecho de que alguien del entorno eclesiástico le ofreciese tramitarle la nulidad de su primer matrimonio. Alegaba que ese matrimonio era perfectamente válido y exitoso, con hijos y todo, pero que finalmente había encallado. Y ésa no era causa de nulidad. Eso era un clarísimo fraude de ley, una tomadura de pelo contra los principios que defiende la Iglesia, una devaluación del sacramento del matrimonio.
Lo que sorprende por eso es que habiendo tanta manga ancha en la valoración de las causas de nulidad (yendo descaradamente contra la verdad cuya defensa postula el articulista), el SÍNODO DE LA FAMILIA, precisamente de la Familia, proponga de hecho nulidades exprés, a imagen y semejanza de los divorcios exprés.
En un proceso dispositivo como es la nulidad matrimonial, la actividad de investigación -instrucción, preparación del juicio o proceso, reunión de las pruebas-, es una actividad que no suele estar sujeta a la regulación legal canónica, excepto la actividad de preparación del juicio.
EliminarAl interponerse la demanda, se inicía el proceso, el demandante ya posee las pruebas materiales, el demandado deberá de aportarlas al empezar el proceso (o bien anteriormente si creía que lo demandarían).
Ambos cónyuges, no obstante, empiezan en el proceso con sus distintos trámites o fases: alegaciones, prueba, conclusiones, sentencia, recurso.
Por lo tanto, la nulidad exprés, entendida como una forma de burlarse de la esencia del matrimonio, es una prevaricación más de esta nueva neolengua progresista eclesial, que sólo quiere imponer un fraude de ley bajo la cobertura de la falsa misericordia, ignorando que quien ama a Dios, debe de cumplir con la Ley, no la debe de atropellar y aplastarla (San Pablo, San Juan). Quieren llamar "nulidad exprés" allá donde debería de leerse "divorcio católico".
Quien comete fraude, abuso y simulación de derecho y de ley, tanto en el matrimonio como en el proceso canónico, y llámese cónyuge, actor, demandada, testigo, périto, juez, abogado o fiscal, simplemente hace lo siguiente: miente, prevarica y peca.
Y desprestigia a los sacramentos, a la Iglesia y llama mentiroso al mismo Jesús, porque ha cambiado la doctrina y el evangelio de forma arbitraria, dejando en la estacada a todos los católicos que en el pasado (del 2014 hasta el nacimiento de la Iglesia) se sometieron voluntariamente -o fueron juzgados- bajo la ley de la búsqueda de la verdad del matrimonio.
Gracias Mn Llorca por su exposición tan clara y concisa. Es una suerte para nuestra Iglesia católica, a la que tanto y tantos amamos, tener sacerdotes que expongan sin tapujos y con valentía, los principios en los que creen y por los que se entragan al servicio de los demás en los diferentes cargos que asumen. Nuestra Iglesia necesita, ahora más que nunca, de presbíteros convencidos en la misión que su obispos les confiere y ellos aceptan con toda voluntariedad. Ruego a María Auxiliadora por todos ustedes y por los que están algo apartados de su misión sacerdotal. Loado sea Dios.
ResponderEliminarAnoche cuando lo lei no podia creerlo un alto cargo del Arzobispado de Barcelona escribiendo en GerminansGerminabit!!!
ResponderEliminarAhora hoy lo entendi con vuestra nota.