Como ya les comenté desde este portal el sacerdote Xavier Morlans había escrito un libro a favor del Celibato opcional, "Capellans cèlibes i capellans casats. Dos pulmons per a una Església sinodal" (Editorial Claret). Y como ya les pronostiqué, el libro sería ampliamente difundido y promocionado desde los altavoces del nacionalprogresismo eclesial, pero también desde los medios de comunicación afines al nacionalismo gobernante, no en vano, Morlans se ha posicionado, incluso con firma, a favor del referéndum y ha participado en actos públicos independentistas.
El sacerdote, que ya no es ningún jovenzuelo, nacido en 1949, por tanto, con 75 años, parece que está dispuesto a jugar fuerte en esta batalla, quizá la última, aprovechando la coyuntura favorable, con la sinodalidad, y con el espíritu bergogliano en que nos encontramos, con el que se ha creado tanto desconcierto entre el pueblo fiel. Por eso Morlans sibilinamente ha querido incluir en el título de su libro "Iglesia sinodal" como si eso fuera suficiente argumento para que se apruebe el celibato opcional.
He leído atentamente la entrevista, para no caer en la crítica fácil y genérica, y he visto los argumentos, que para él son suficientemente potentes como para pedir la libre elección del celibato para acceder al sacerdocio. Uno de ellos es que en la Iglesia católica oriental el celibato es optativo para los sacerdotes, aunque no así para los obispos y monjes. Si ellos ya están casados en el momento de ordenarse sacerdotes, no después, ¿por qué los clérigos occidentales no pueden hacer lo mismo?. Lo que Morlans no dice es que la función de los sacerdotes ortodoxos católicos se parece más a la de los pastores protestantes que no a la de los sacerdotes católicos occidentales. Esa es la diferencia, aquí las parroquias no son un puro centro de culto que abre unas contadas horas a la semana, sino que la actividad es muy amplia, y necesita de personas a total dedicación y no a un servicio parcial de horas puntuales.
El otro argumento es que a los primeros sacerdotes de la historia de la Iglesia también se les permitía estar casados, aunque como reconoce el mismo Morlans se les pedía castidad en el matrimonio. No creo que esta fórmula hiciera mucha gracia a los defensores del celibato opcional, que no quieren renunciar al matrimonio, pero tampoco a las relaciones con su pareja.
Morlans defiende el modelo propuesto por el obispo Fritz Lobinger en los años 90, nos dice textualmente: "Que entre tres curas casados, que trabajan profesionalmente, se ocupen de una parroquia o unidad pastoral en su tiempo libre". Fíjense como necesitarían tres sacerdotes casados para hacer la tarea de uno célibe y no se pierdan que ese servicio se haría "en su tiempo libre".
Experimentos ya se han hecho en esa dirección, por ejemplo aquí en Barcelona el cardenal Sistach, viendo que le faltaban sacerdotes y no queriendo afrontar el famoso "Mapa Pastoral" que Omella sí que está tirando adelante, promovió a algunos diáconos permanentes para que llevaran completamente algunas parroquias, solamente un sacerdote tendría que ir a celebrar la Eucaristía dominical, el resto lo asumían todo estos hombres casados. Pues algo no debió ir muy bien, porque esa fórmula no tuvo éxito, y ya no se contempla en la Iglesia Sinodal de nuestro actual arzobispo.
Esta misma semana he leído que en Cubelles, en el obispado de Sant Feliiu, se ha optado porque un matrimonio ejerza como responsable de la parroquia y de toda la pastoral en la población, sólamente será necesario que un sacerdote de Vilanova i la Geltrú venga para celebrar la Eucaristía dominical.
Fórmulas más o menos acertadas y algunas de disparatadas ya se están poniendo en marcha, para afrontar la falta de clero, pero algunos, como Morlans, nos seguirán dando la matraca con lo del celibato opcional.
Francisco Fabra
La Razón
ResponderEliminarExperimentos ya se han hecho en esa dirección, por ejemplo aquí en Barcelona el cardenal Sistach, viendo que le faltaban sacerdotes y no queriendo afrontar el famoso "Mapa Pastoral" que Omella sí que está tirando adelante, promovió a algunos diáconos permanentes para que llevaran completamente algunas parroquias, solamente un sacerdote tendría que ir a celebrar la Eucaristía dominical, el resto lo asumían todo estos hombres casados. Pues algo no debió ir muy bien, porque esa fórmula no tuvo éxito, y ya no se contempla en la Iglesia Sinodal de nuestro actual arzobispo.
ResponderEliminar...
Las razones del fracaso de los diáconos permanentes con Sistach fueron muy sencillas, el arzobispado las sabía de antemano, pero era para hacer un experimento con gasolina en casa de otros, por si fallaba se quedaban quemaditos los otros, no ellos...
1. El diácono es un laico, a los efectos prácticos, de facto. No puede consagrar ni confesar, por lo tanto, el problema que tiene es que es como si no hubiera sacerdote en la parroquia: los laicos ayudantes debían de buscar curas día a día para que hubieran misas, y sólo misas, no confesiones y otras celebraciones, pues esta tarea no la hacía el diácono, ya que entre ellos, presbíteros y diáconos, hacer eso es delicado.
2. El diácono sólo aparecía cuando podía, carecía de dedicación plena y exclusiva en la parroquia. Ello es así porque un diácono puede ser padre de familia y estar pluriempleado, y el sueldo de la parroquia es una parte de sus ingresos. No está siempre allá, y además, no ejecuta las funciones administrativas de tipo material y ejecutivo: contar dinero, traerlo al banco, hacer compras, llamar a curas y grupos, reparaciones...
O sea, que un diácono no sirve para nada a los efectos prácticos: ni está y si está no hace nada más que enredar con sus ideicas de bombero pirómano y apagafuegos a la vez, para hacer ver que está y hace cosas, pavoneándose de que vale mucho y añadiendo otro cargo y paga más en su currículum y patrimonio. Evidentemente, al ser pluriempleado, la parroquia es lo último que le importará, total, cobra muy poco en relación con los otros trabajos más productivos (incluso trabajan dentro del gobierno episcopal, y es que no te lo dicen, pero un diácono con familia tiene mucho gasto por eso de los niños, y ha de cobrar de muchas fuentes... lo mismo pasará con los posibles curas casados con hijos en edad escolar o universitaria)
Por eso se dan ahora los encargos de administrar parroquias a matrimonios de jubilados:
- cobran de la Seguridad Social y salen gratis, ni sueldo ni Seguridad Social, quizás algo de dinero de bolsillo, ya que tienen gastos familiares reducidos a lo mínimo;
- están presentes, uno u otro o los dos, ambos se conocen y se apoyan y conocen a la parroquia, no habrá piques entre ellos;
- están suficientemente preparados, competentes y capacitados, y están en régimen de dedicación plena y exclusiva, pues ya no han de cuidar a los hijos, son independientes.
Ellos están contentos de llevar una parroquia, y el Arzobispado u obispado está bailando sevillanas porque le sale gratis total, mientras marea a los sacerdotes haciéndoles volar en bandadas de una parroquia a otra, ante la falta cada vez mayor y creciente de curas...
Como se ve, la administración de las parroquias irá a los matrimonios de jubilados, y las misas sólo serán para curas apurados en llevar 5, 15 ó 25 parroquias...
...
Nota: algunos en el Vaticano piensan la ideuca de elevar al marido del matrimonio de administradores parroquiales al rango de sacerdote boni viri (como se vio en Querida Amazonía), es decir, darle lecciones de liturgia eucarística en dos tardes para sólo hacer misas exclusivamente para esta parroquia, sin confesar ni nada más. Serán como los antiguos curas trentinos llamados "curas de misa y olla", los que por motivo de su bajo nivel intelectual, en lugar de estudiar 7 años lo hacían en 3 y les daban el encargo de "fer de missaires" rodando arriba abajo.
Esto lo vi en Zurich..pero no seamos ingenuos , la mujer trabajaba como diaconiza, vistiéndose de sacerdote, elevando el caliz en Misa y haciendo seudo Misas los Domingos , sin un diácono.La gente no caía en la cuenta de la falsedad de la liturgia.
EliminarEllos acudían por fe.
Estás mujeres se apegan al feminismo o marxismo, con la idea del machismo patriarcal de la Biblia y que la Virgen estuvo al pie de la Cruz .
Estos matrimonios reciben teología modernista y la mujer predica en Misa.
Además estás mujeres llevan el pelo corto como los hombres, son gorditas y y muy feitas
Curioso que el libro de Morlans no se encuentra todavía en Amazón en formato digital, si fuera así lo compraría inmediatamente por el precio aproximado de 3 euros. Se puede discutir sin parar sobre el Celibato pero la realidad es lo que hay, faltan sacerdotes y en su lugar se ponen diáconos casados, no existe otro remedio, son las circunstancias. Si estuviéramos en otro régimen político que favoreciera al Clero en el pedestal con grandes aportaciones económicas al estilo del Franquismo a bien seguro saldrían más seminaristas porque ser un sacerdote consistiría en un oficio de categoría y las gentes les haría reverencia en las calles, pero ahora estamos en tiempos de "persecución" y la sociedad no se anda con remilgos, ser cura es muy duro y además te exigen vivir solo como un mochuelo sin compañia femenina, es lógico que falten vocaciones. Esto de la iglesia primitiva que aconsejaban la castidad a los curas casados es un absurdo, mejor que hubieran aconsejado alejarse de las esposas divorciándose y listos, aconsejar castidad a sacerdotes casados que se juegan la piel con peligro de caer bajo el hacha del verdugo, ya me diréis que filosofia es esta. Uno de los fallos principales es que en los seminarios se les enseña a los novicios que los dias de La Creación eran "períodos" y que El Diluvio es una metáfora, y que no debemos creer en La Biblia de manera radical porque los cardenales "Truchos" con su sabiduría ya han pensado por el pueblo y la plebe cristiana no hace falta que se rompa la cabeza para entender las Escrituras. En cuanto a tiempo completo de un sacerdote dedicado a su misión deben referirse a estar sentado en el confesionario rezando el breviario esperando que vengan los penitentes, no veo otra explicación: Un sacerdote puesto en una vitrina.
ResponderEliminarLa Iglesia Católica ya tiene firmemente establecida la ley del celibato sacerdotal, al igual que el sacerdocio masculino:
ResponderEliminar1. Concilio Elvira, canon 33 (305)
2. Sínodo Arles (314)
3. Concilio Amcyra, c. 10 (314)
4. Concilio Neocesarea, c. 1 (315)
5. Concilio Nicea (325): obligación del celibato y continencia para todos los obispos, presbíteros y diáconos de la Iglesia Católica.
6. Concilio de Cartago (390 d.C.): continentes esse in omnibus o sacerdotes continentes completos por haberlo enseñado los Apóstoles y ser tradición
7. Primer Concilio Ecuménico de Letrán (1123): canon 3, prohibición absoluta de esposas y concubinas de presbíteros, diáconos y subdiáconos
8. Concilio de Trento, Sesión XXIV, canon 9: matrimonios prohibidos y nulidad de los celebrados para religiosos y sacerdotes
9. Concilio Vaticano II, Decreto Presbyterorum ordinis, n. 16: celibato sacerdotal unido al Reino de los cielos
10. Encíclica Sacerdotales caelibatus, Pablo VI, 24 junio 1967, n. 14 y 17: dedicación exclusiva a la Iglesia y a Dios; fundamentos del celibato en la cristología, eclesiología y escatología
11. Sínodo de los Obispos, Pablo VI, 30 noviembre 1971, "Ultimis temporibus", letras c) y e): en la Iglesia latina es inderogable y vigente por siempre el sacerdocio celibatario; fundado en la misión pastoral; dedicación exclusiva; entrega del sacerdote a Cristo como un "yugo suave"
12. Audiencia general, Juan Pablo II, 17 julio 1993, "La lógica de la consagración en el celibato sacerdotal: capítulo 19 del Evangelio de San Mateo versículos 10-12". Es un documento esencial para entender que en la Iglesia latina, el sacerdocio es obligatoriamente celibatario por diversas razones: dedicación exclusiva, imitación de Cristo y María, consagración total a Cristo y a la Iglesia, razones cristológicas, eclesiológicas, soteriológicas y escatológicas. Confirma el Sínodo de 1971.
13. Exhortación Apostólica postsinodal Sacramentum caritatis, Benedicto XVI, 22 febrero 2007, n. 24: dedicación exclusiva a Cristo y a la Iglesia, imitación de la virginidad de Cristo y María, entrega a Cristo.
14. Código de Derecho Canónico de la Iglesia latina, 1983, canon 277.1: "Los clérigos están obligados a observar una continencia perfecta y perpetua por el Reino de los cielos y, por tanto, quedan sujetos a guardar el celibato, que es un don peculiar de Dios mediante el cual los ministros sagrados pueden unirse más fácilmente a Cristo con un corazón entero y dedicarse con mayor libertad al servicio de Dios y de los hombres"
15. Exhortación apostólica de San Juan Pablo II "Pastores dabo vobis", Sínodo de 1990, n. 44: el celibato sacerdotal es una exigencia del radicalismo evangélico, favorece una vida esponsal con la Iglesia y se hace imagen de la virginidad de Cristo
16. Catecismo de la Iglesia Católica, 1992, n. 1579: "Todos los ministros ordenados de la Iglesia latina, exceptuados los diáconos permanentes, son ordinariamente elegidos entre hombres creyentes que viven como célibes y que tienen la voluntad de guardar el celibato por el reino de los cielos"
17. "Desde lo profundo de nuestros corazones", libro de Benedicto XVI y el Cardenal Robert Sarah, 2020: "Hay un vínculo ontológico-sacramental entre el sacerdocio y el celibato. Toda relajación de este vínculo constituiría un cuestionamiento del magisterio del Concilio y de los Papas Pablo VI, Juan Pablo II y Benedicto XVI."
La abstinencia sexual es un servicio a Dios; la vocación sacerdotal y matrimonial son incompatibles porque requieren un compromiso total de imposible realización simultánea; modelo de San José para la dedicación exclusiva al servicio a Dios; renuncia a los bienes materiales para dedicarse en exclusiva a Dios y como símbolo de libertad y desapego por las riquezas y el mundo; fundamental para la unión con Dios; la Eucaristía como centro de la vida sacerdotal; el sacerdote como recto, vigilante y sufriente, prioriza la oración y el servicio, preferencia por la liturgia.
18. Tradición. Aunque la Iglesia católica siempre ha permitido el ACCESO a las órdenes sagradas tanto a los casados como a los célibes (al menos en la Iglesia oriental), sin embargo siempre ha requerido de todos los clérigos establecidos en órdenes sagradas la perfecta ABSTINENCIA de toda actividad sexual DESPUÉS de recibir la sagrada ordenación.
ResponderEliminarNi siquiera existe un documento del Magisterio católico, ya sea de la Iglesia occidental o oriental, que permita el matrimonio o el uso del matrimonio DESPUÉS de la recepción de las órdenes sagradas.
Esta disciplina, que lleva el nombre de «ley del celibato», que es una disciplina dual, eclesial y crística (a imagen y semejanza de Cristo Sacerdote), siempre ha incluido:
a) la obligación de continencia perfecta para los casados que recibían las sagradas ordenaciones
b) la obligación del celibato perpetuo para los célibes que recibían las mismas sagradas ordenaciones.
Por ello, el celibato sacerdotal no se fundamenta en una cuestión disciplinar que puede derogarse por la voluntad del Papa, sino que es una verdad definitiva de doctrina católica, cuya negación implica la separación de la comunión católica: la ley del celibato forma parte inderogable del patrimonio dogmático de la Iglesia Católica sin discusión alguna, y el que lo niegue, queda fuera de la plena comunión.
...
19. Modalidades: doctrina y dispensas general y particular
a) Iglesia latina: la ley del celibato sacerdotal es una doctrina definitiva e irreversible.
b) Iglesia oriental: tiene una dispensa general, pero puede ser revocada y ser igual que la Iglesia latina. Entre los coptos, melquitas, caldeos, armenios, maronitas y siríacos, los casados pueden acceder al sacerdocio, pero no pueden contraer matrimonio los que ya han sido ordenados.
Esta dispensa se basa en el principio pro bono Ecclesiae, para atraer a los católicos orientales a la Iglesia de Roma durante el cisma de 1054, que originó a las heréticas y cismáticas Iglesias Ortodoxas Autocéfalas
c) Comunión anglicana: tiene una dispensa personal. Benedicto XVI promulgó en el 2009 la Constitución Apostólica Anglicanorum coetibus, que estableció ordinariatos personales para los anglicanos que huían de la herética y cismática comunidad anglicana y querían entrar en plena comunión con la Iglesia Católica.
d) Apunte histórico: Hacia el final del siglo IV, un obispo español escribió al Papa Siricio (384-399 d.C.), pidiendo ayuda para disciplinar a ciertos clérigos casados que estaban teniendo relaciones conyugales con sus esposas y en consecuencia procreando hijos. En el 385 el Papa Siricio recordó a todos los clérigos casados que los votos de abstinencia perpetua eran "indisolubles." Al año siguiente (386) el Papa emitió un decreto repitiendo la misma regla, insistiendo en que no estaba creando nuevas reglas sino recordándoles reglas establecidas por la Iglesia ya por largo tiempo.
Algunos clérigos casados trataron de defender la continuidad de la vida conyugal una vez ordenados, teniendo relaciones con su esposa, apuntando a 2 Timoteo 3, 2; Tito 1, 6 y 1 Timoteo 3, 12; los cuales especifican que los obispos, presbíteros y diáconos deben ser esposos "de una sola mujer" (unis uxoris vir) En respuesta, el Papa Siricio declaró que "esposo de una sola mujer" no significaba que el clérigo pudiera mantener relaciones conyugales después de haber sido ordenado. El verdadero sentido es éste: de un hombre fiel a una esposa se puede esperar que sea lo suficientemente maduro como para vivir en la abstinencia perpetua que se requiere de ambos una vez efectuada la ordenación."
20. Palabra y Magisterio. Es abundante, firme y seguro en esta verdad de Fé, irreformable por el Papa.
ResponderEliminara) Las comunidades separadas por la Reforma no tienen el sacramento del orden
(Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1400)
b) Las mujeres no pueden recibir la ordenación
(Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1577)
c) Que las mujeres callen en las asambleas (1 Cor 14, 34-35) es una prohibición de que la mujer enseñe en la asamblea (1 Tim 2, 11-12)
d) Prohibición femenina a ejercer la función oficial de enseñar en la asamblea, permisión de profetizar en la asamblea (1 Cor 11, 5)
e) La sagrada ordenación sólo es válida para varones bautizados
(Código de Derecho Canónico, c. 1024)
f) Excomunión latae sententiae para intento de ordenación sacerdotal femenina (ordenante y ordenada)
(Congregación para la Doctrina de la Fe. Decreto general relativo al delito de atentada ordenación sagrada de una mujer, 19 diciembre 2007)
g) La Iglesia no se considera autorizada a admitir mujeres a la ordenación sacerdotal
(Congregación para la Doctrina de la Fe. Declaración Inter insigniores, 15 octubre 1976)
h) Nunca la Iglesia admitió la ordenación sacerdotal o episcopal de mujeres
(Congregación para la Doctrina de la Fe. Declaración Inter insigniores, n. 1, 15 octubre 1976)
i) No conferir más que a hombres la ordenación sacerdotal hay una tradición constante en el tiempo, universal en Oriente y en Occidente, vigilante en reprimir inmediatamente los abusos; esta norma, que se apoya en el ejemplo de Cristo, es seguida porque se la considera conforme con el plan de Dios para su Iglesia
(Congregación para la Doctrina de la Fe. Declaración Inter insigniores, n. 2.4, 15 octubre 1976)
j) Las mujeres pueden tener el acceso a la vida eclesial sin ser sacerdotes (ni diaconisas ni obipesas)
(Congregación para la Doctrina de la Fe. Carta a los obispos, n. 16, 31 julio 2004)
k) El Señor, entre los fieles, constituyó solamente a algunos ministros
(Concilio Vaticano II. Decreto Presbyterorum ordinis, n. 2, 7 diciembre 1965)
l) Cristo confió solamente a los varones la tarea de ser “icono” de su rostro a través del sacerdocio ministerial
(Juan Pablo II. Carta a las mujeres, n. 11, 29 junio 1995)
m) Dictamen definitivo acerca de la no ordenación sacerdotal de mujeres
(Pablo VI, Rescripto a la Carta del Arzobispo de Cantórbery, Revdmo. Dr. F.D. Coogan, sobre el ministerio sacerdotal de las mujeres, 30 noviembre 1975)
o) La Iglesia no tiene en modo alguno la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres: dictamen definitivo
(Juan Pablo II. Carta apostólica Ordinatio sacerdotalis, n. 1.4, 22 mayo 1994)
p) Forma parte del deposito de la fe que la Iglesia no puede ordenar mujeres
(Congregación para la Doctrina de la Fe. Respuesta a la duda propuesta sobre la doctrina de la Carta apostólica Ordinatio sacerdotalis, 28 octubre 1995)
q) No hay contradicción entre la dignidad de la mujer y el sacerdocio exclusivo masculino
(Decl. Inter insigniores, VI)
r) Los sucesores de los Apóstoles han observado siempre la norma de conferir la ordenación sacerdotal solamente a varones, y el Magisterio, con la asistencia del Espíritu Santo, nos enseña que esto ha sucedido... porque “la Iglesia ha reconocido siempre como norma perenne el modo de actuar de su Señor en la elección de los doce hombres, que Él puso como fundamento de su Iglesia”, Carta apostólica Ordinatio sacerdotalis, n. 2
(Congregación para la Doctrina de la Fe. En torno a la respuesta de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre la doctrina propuesta en la Carta apostólica Ordinatio sacerdotalis, 28 octubre 1995)
s) Con la misma libertad de llamar como apóstoles sólo a hombres, Cristo dio dignidad a las mujeres
(Juan Pablo II. Carta apostólica Mulieris dignitatem, n. 26, 15 agosto 1988)
t) La vocación de la mujer en la Iglesia no es la de ser llamadas al apostolado de los Doce y al sacerdocio ministerial: sus otros ministerios y vocaciones
(Juan Pablo II. Exhortación apostólica Christifideles laici, n. 49, 30 diciembre 1988)
Me imagino ese cura que dedica su tiempo a la parroquia, o otras funciones, y de otro lado estos que son "artistas" y no pegan un palo al agua
ResponderEliminarLos experimentos con gaseosa,hace años que se inventaron.
ResponderEliminarLo que tiene que hacer ese "Mosén" es callar y doblar el lomo.
Cosa que no hizo nunca.
Anónimo 7:55. ¿Conoce a Mn. Morlans? ¿Cree que es justo afirmar "cosa que no hizo nunca?
EliminarDes del vomitiu "Francisco, adelante, tu eres caminante" li he perdut tot respecte a mossèn Morlans
ResponderEliminar9/56, no lo conozco, ni tengo ningún interés en conocerlo.
EliminarHay demasiada diversidad dentro de la Iglesia Católica y ésto acabará con ella.
El diablo está que se sale de contento.
Técnicamente, sí, Francisco es caminante y camina hacia delante, pues de lo contrario, de narices se caería, o de espaldas según como caminara... sobre si eso implica "Francisco, adelante comandante, tu eres caminante", pues no, no lo es... :)
EliminarNo censuren. Como siempre nunca leen el artículo y ya juzgan por quien escribe.
ResponderEliminarEl problema es que Morlans es un señor que piensa y debate con sentido. Lo escrito en el artículo lleva a reflexión nada mas.
Pero claro como no es de su cuerda ya todo mal como siempre.
El tema del celibato es un tema serio. Y la iglesia no siempre penso lo mismo, la prueba es nuestros hermanos cristianos orientales. Cabe destacar que se habla del celibato antes de la ordenación, como dice el texto que muchos no han leído.
A ver si por una vez hay un debate serio, y no el copiar pegar de siempre.
Anonimo 10:52 ¿El debate serio consiste en que te den la razon? Porque a estas alturas, los trucos para colar excentricidades, ya no cuelan.
EliminarEl celibato no es ninguna novedad, ya se ha discutido muchas veces y se fijo tal como esta hace siglos
El problema de verdad no es celibato, es la falta de Fe ¿Tan dificil es entender que el sacerdocio requiere una entrega total y no parcial ? Y encima que hay pocos sacerdotes, es contradictorio plantear una dedicación parcial, por tener que cuidar a la mujer e hijos.
"""¿Tan dificil es entender que el sacerdocio requiere una entrega total y no parcial?""
EliminarLos sacerdotes católicos que tienen esposa e hijos de ritos orientales, o ex-protestantes con esposa e hijos que hoy son clérigos católicos (en los 3 ordinariatos anglocatólicos, por ejemplo) invalidan tu argumento.
La "entrega total" es a Dios, no a la parroquia. El tiempo que un sacerdote católico casado dedica a su esposa e hijos es -como el que dedica un laico- también dedicado a los hijos de Dios que Dios ama.
También a un sacerdote célibe la Iglesia le permite pasar años cuidando a su madre anciana, incluso si hizo voto de ser misionero en África.
Creo que el rito latino debe mantener el celibato sacerdotal, con algunas excepciones, como los clérigos ex-protestantes conversos, pero el tema de la "entrega total" no se sostiene. Si un clérigo casado dice "Dios, te entrego mi esposa e hijos", Dios le responde "bien hecho, pues ahora cuídalos y da buen ejemplo a los feligreses".
Y entre los clérigos orientales casados, hay que profundizar como ayudar a sus familias: viejas disciplinas basadas en la pobreza y abnegación ya no son suficiente.
Han convertido la maravillosa Iglesia de Santa Ana en un corral de ganado.
ResponderEliminarComo si el clero no tuviese locales para asistir mendigos.
Vergüenza!!!
Si...una auténtica zahurda y el Morlans seguro que un masonazo de cojo....de ahí que le estorbe tanto el celibato.Dudo muy mucho que él lo cumpla, por mucho que moleste a sus aduladores.
ResponderEliminarNo es aconsejable tirarse a una piscina sin la suficiente agua. Pero creo que es mejor seguir la respuesta de Jesús a S. Pablo: «...mi gracia te basta».
EliminarMT
A Carolus. Que el Señor le perdone. ¿Sabe lo que significa "dudo mucho que él lo cumpla? Ud no tiene ni vergüenza ni conciencia. Es un cristiano de pacotilla.
ResponderEliminar10:45 ¿ desde cuándo es usted el encargado de los "carnets" de buenos cristianos?.
ResponderEliminarEl clero masón- modernista NO CREE en el celibato, ergo es bastante probable que no lo cumplan. Si lee bien verá que dije que dudaba. ¿Puedo dudar? o tengo que adherirme a su pensamiento unico. ¿No será usted el mismo Morlans de incógnito?.
Ah, por cierto, en dos líneas me ha lanzado TRES improperios.No está nada mal su buen cristianismo. Como para ir dando lecciones. Consejos vendo, que para mí no tengo.