Presuntos pederastas: para el mundo y para la Iglesia

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Incluso sin quererlo, la autoridad se encuentra conducida siempre a recorrer el camino jurídico más breve y menos complejo, aunque sea en detrimento de una menor tutela de los derechos de los fieles, derechos que dan el sentido profundo al servicio ministerial del gobierno del pueblo de Dios (Davide Citto, Pontificia Universidad de la Santa Cruz).

Ésa es en efecto la tendencia de la autoridad, dentro del estricto cumplimiento de la ley del mínimo esfuerzo. ¿Que es en detrimento de los que están encomendados a su tutela? Ya, pero eso es ley de vida, es la norma, es lo normal. Lo extraordinario es un pastor diligente que está al tanto de todo y llega a tiempo para que un chispazo no se convierta en incendio. Es la responsabilidad in vigilando. Y puesto que esa responsabilidad falló hasta límites escandalosos, aquí tenemos a los obispos purgando sus penas sobre nuestras espaldas.

Todos los días 25 voy en cabeza de la Marcha por la Vida identificado como sacerdote, obviamente. Y siempre que hay grupos de proabortistas en la calle y en los balcones, he de escuchar que me acusen de pederasta. Para que eso funcione a piñón fijo, han tenido que ocurrir cosas más graves que los casos de curas pederastas. Esta situación se explica por el odio a la Iglesia y a la religión, obviamente; aunque no sólo por eso. La jerarquía ha contribuido a ello de manera determinante a causa de su silencio, que el mundo ha interpretado como complicidad en el delito. En el más misericordioso de los juicios, es el silencio de los buenos dejando que el mal campe a sus anchas.   

Aquí estamos los curas defendiéndonos como podemos (bastante mal) de la presunción de culpabilidad cuando se nos acusa de pederastia. Muy mal se ha gestionado esta lacra (que no es mayor en la Iglesia que en otros colectivos asimilables) para que las cosas estén así. Y lo peor es que al no haber arrancado la cizaña cuando empezaba a brotar, ni el mundo (por supuesto que no) ni tampoco la Iglesia como jerarquía, están dispuestos a distinguir la cizaña del trigo. Y para expiar esa culpa de los obispos, he aquí que todos los curas, por el hecho de ser curas, estamos sujetos a la sospecha de pederastia. Ante cualquier sospecha o acusación, el cura es tratado por la administración eclesiástica (del obispo para arriba) como presunto pederasta. Con la severa inclinación a pasarlo de la categoría de presunto a la de probable. Ahí está el decreto episcopal (acordado por todo el colectivo de obispos) que nos obliga a los curas a pasar por el Registro de Delincuentes Sexuales.

En efecto, la última revisión del Motu propio Sacramentorum sanctitatis tutela convirtió en el ordenamiento jurídico eclesial la expulsión ex officio del estado clerical -sin proceso, por decreto administrativo, sin posibilidad de recurso, pues lleva la firma del Papa- en ¡procedimiento ordinario para infligir esta pena expiatoria! Y aquí viene cuando la matan…
Las condiciones del procedimiento administrativo, por estrictas que pretendan ser, -situación de particular gravedad, certeza del delito y dar al acusado la posibilidad de defenderse- no pueden comparase con las de un proceso penal con jueces, testigos, pruebas, fiscal y abogado defensor. Porque todas esas “condiciones” son tremendamente subjetivas, sin normativa procesal que las delimite.
Un procedimiento administrativo sumarísimo sólo ofrece al acusado la posibilidad de defenderse a sí mismo como pueda y con todas la de perder. Si es inocente, queda indefenso; y si es culpable, la valoración de las circunstancias agravantes o atenuantes se hace impracticable, ya que el procedimiento tiene un carácter sancionador, puesto que parte de la presunción de culpabilidad, dirigido exclusivamente a la consecución de la certeza moral del hecho y de la culpabilidad del acusado. Pero la certeza moral debe excluir toda duda fundada o razonable sobre la culpabilidad y dejar de subsistir la posibilidad absoluta de la inocencia. Así la definía Pio XII.
Pero este proceso administrativo no puede garantizar ese tipo de certeza. Sólo podría hacerlo un juicio penal que se excluye para ser rápidos y expeditivos. No hay de entrada presunción de inocencia, sino de culpabilidad. El acusado debe demostrar su inocencia, como el hombre acusado de maltrato a la mujer, pues de entrada se le hace culpable. Y del proceso administrativo emana una sentencia perpetua e inapelable, emitida por “jueces” que pueden ser dispensados de la condición sacerdotal y del doctorado en Derecho Canónico y que tienen además la facultad de sanar los actos procedimentales en caso de ¡violación de leyes procesales por parte de los tribunales inferiores!, salvo el derecho de defensa. Pero es evidente que la “sanación” indiscriminada de las leyes procesales violadas afectará de manera seria ese derecho. También la prescripción del delito, que aumenta de 10 a 20 años y que tanto la Congregación para la Doctrina de la Fe como la del Clero puedan hasta dispensar la prescripción, no tiene en cuenta que el paso del tiempo hace difícil administrar justicia porque se diluyen las pruebas y la objetividad de los testimonios, y a su vez aumenta el riesgo de condenar a un inocente.
Se trata pues de la destrucción de todo Derecho. Con el agravante de que en virtud de la derogación de los cánones garantistas para el acusado (1317, 1319, 1342,2 y 1349), al aplicar el canon 1399 pueden castigarse por este procedimiento incluso violaciones de normas no penales. Es decir que pueden penalizarse comportamientos no sujetos a ninguna pena en razón de la prevención o reparación de posibles escándalos presentes o futuros. ¿Cuál es entonces el “escándalo” que toca castigar en cada instante? ¿La exhibición de una bandera independentista? ¿La procesión de los legionarios con el Cristo de la Buena Muerte? ¿La presencia de la bandera de España en una celebración religiosa? Es el mismo procedimiento y la misma discrecionalidad que para perseguir la pederastia. Es decir, que por no haber sancionado los obispos en su momento a los sacerdotes reos de los más abominables delitos, por haber abdicado de su responsabilidad, ahora estamos todos los sacerdotes sometidos a un régimen sancionador expeditivo no sólo para la pederastia, sino para cualquier otra cuestión disciplinaria a la que quiera dar importancia el Sr. Obispo.
Y el hecho de que el control del desarrollo del procedimiento lo tenga el mismo organismo que lo realiza -Congregación para la Doctrina de la Fe y la del Clero- y que los instructores y hasta los jueces puedan ser dispensados de ser sacerdotes o doctores en Derecho Canónico y que puedan “sanar” las violaciones de las leyes procesales, lo asemeja todo a aquellos comités anarquistas de la CNT-FAI que, sin apenas formación jurídica, eran acusadores, jueces y ejecutores. Si la presunción de inocencia no existe, existe la plena posibilidad de utilizar la calumnia como el arma más eficaz contra el enemigo, el rival, o vete a saber qué. Un arma con un potencial destructor demoledor e irreparable. Ahí está el caso del sacerdote peruano reducido al estado laical por decreto  y absuelto del delito de abusos por el tribunal civil que afirma que la denuncia fue falsa. Hace un año que espera que la Congregación para la Doctrina de la Fe y el mismo Santo Padre le devuelvan las licencias. Parece que la firma del Papa en un decreto de expulsión ex offcio a un sacerdote inocente, suscita nuevos problemas jurídicos. Así hemos quedado los sacerdotes por la incuria de los obispos. ¿Cada palo que aguante su vela? No, no, la de ellos nos toca también a nosotros. Para eso somos la tropa.
Que se dejen de mandangas. El Derecho común, es decir, el que todos reconocen como tal, nunca condena a una pena perpetua sin posibilidad de recurso y sin un juicio penal previo. Jamás en derecho común, lo penal se ha convertido en administrativo, exceptuando los tribunales populares de la Unión Soviética. Y los tribunales de guerra y los revolucionarios… Y las repúblicas bananeras. Y sin embargo, la Iglesia lo hace hoy por proceso administrativo con la firma inapelable del Papa. ¿Está la iglesia en guerra? ¿Está inmersa en una revolución?
Cuando un proceso administrativo sumarísimo crea la indefensión del sacerdote que puede haber sido calumniado y niega al culpable la posibilidad de hacer valer sus atenuantes, el derecho ha dejado de respetar los derechos del hombre y de impedir el abuso de la autoridad: el abuso de poder. Y ya no se trata sólo de evitar y castigar los abusos sexuales, sino de penalizar lo que no es delito por proceso administrativo en razón de los “escándalos” existentes y los que puedan surgir en el futuro, a tenor del canon 1399: acabando así de confundir el posible “escándalo” con la opinión de la gente y del obispo en cada momento.
Al final parece que vamos hacia una podemización de la justicia eclesiástica, hacia una radicalización puritana a la que parece no interesar tanto la verdad como el castigo rápido, ejemplar y público. Como Arnaldo Almaric, abad de Poblet y religioso del Cister, que dirigió la cruzada contra los herejes albigenses. Cuando iban a conquistar la ciudad de Béziers, un oficial le preguntó: ¿Cómo distinguiremos a los herejes de aquellos que no lo son? Arnaldo respondió: Caedite eos. Novit enim Dominus qui sunt eius. ¡Matadlos a todos, Dios reconocerá a los suyos! La historia se repite… como casi siempre.
Custodio Ballester Bielsa, pbro
www.sacerdotesporlavida.es

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22 comentarios

  1. Laurentius dertosensis22 de diciembre de 2016, 23:33

    Maravilloso y exelente Mn.BALLESTER, rezo por usted siemprw.

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    1. Igualmente.

      Y estaría bien que los canonistas dejen de estar encerrados en sus torres de marfil y empiecen a instruir a los fieles, a los cuales el Concilio Vaticano II les ha dado el derecho y el deber de saber y advertir de las mejoras y del mal existente (canon 212 Código Derecho Canónico):

      § 2. Los fieles tienen derecho a manifestar a los Pastores de la Iglesia sus necesidades, principalmente las espirituales, y sus deseos.

      § 3. Tienen el derecho, y a veces incluso el deber, en razón de su propio conocimiento, competencia y prestigio, de manifestar a los Pastores sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia y de manifestar a los demás fieles, salvando siempre la integridad de la fe y de las costumbres, la reverencia hacia los Pastores y habida cuenta de la utilidad común y de la dignidad de las personas.

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    2. Los que salen en la última foto, son pedófilos? No entiendo a que vieven aquí!

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  2. El discurso del odio de Companys en la Navidad de 193623 de diciembre de 2016, 2:15

    "...lo asemeja todo a aquellos comités anarquistas de la CNT-FAI que, sin apenas formación jurídica, eran acusadores, jueces y ejecutores."

    En Cataluña, todavía la Generalidad de Cataluña, el Parlamento de Cataluña, el Ayuntamiento de Barcelona, más todo el sistema de partidos y sindicatos existentes desde la II República (ERC, PSUC, PCE, UGT-PSOE, CNT-FAI), todavía deben de pedir perdón públicamente y dar íntegra y completa justicia reparadora a la Iglesia Católica y a todos los catalanes católicos, de derechas, monárquicos, o por pertenecer a una clase social o profesional no afecta al régimen rojo-separatista de durante la Guerra Civil (1936-1939), y que sufrieron muerte, tortura, detención ilegal, secuestro, exilio, robo y violación generalizada y sistemática de derechos humanos y libertades republicanas.

    En juicios de genocidio y crímenes contra la Humanidad, parecidos a los de Nuremberg, muy probablemente Companys habría sido declarado culpable y, quizás, ejecutado. No evitó, por ejemplo, la muerte y tortura de cientos de sacerdotes y miles de ciudadanos catalanes.

    Una prueba de su justificación al genocidio y exterminio religioso, político y socio-económico de ciudadanos catalanes desafectos al rojo-separatismo: su discurso en la Navidad de 1936, titulado "Concentración de fuerzas republicanas de izquierda", en especial, este fragmento.

    - Discurso en la Navidad de 1936 de Companys, completo y en contexto: cuadernosmemoriahistorica.blogspot.com.es/p/8-discurso-de-navidad-companys.html


    “... No se han sublevado tampoco los hombres de sentimiento religioso; los que se han sublevado son los traficantes de la religión de Cristo. Nosotros no vamos contra el sentimiento religioso, que mientras exista el dolor y la muerte, la mente humana buscará siempre el reducto o el refugio de una doctrina o de una filosofía o de un sentimiento, en el misterio impenetrable del más allá. No vamos contra ningún sentimiento religioso.

    Pero es que aquí los que se han sublevado son los dignatarios y los eficientes de un sindicato de intereses que comerciaba con la religión de Cristo y que el pueblo no conocía más que por las misas, por los funerales y por las dispensas. Estos son los que se han sublevado.

    El predominio clerical en nuestro país era como el predominio militarista: un predominio de castas y de privilegios, con una intervención continua en los negocios terrenales en la política, propagadores y sembradores de la pasión, de la violencia y de la discordia civil.

    En las elecciones del 16 de febrero [de 1936], el Nuncio propagaba y exaltaba las candidaturas de derechas: con Acción Popular, iba Acción Católica, y el obispo de Barcelona fue el promotor de la coalición reaccionaria con carlistas y lerrouxistas, levantando aquí una ola desbordante de guerra civil...

    Y en los últimos tiempos, en vísperas del 19 de julio [de 1936], algunas iglesias y conventos fueron convertidos en fortalezas. Por el obispado fueron repartidas armas y fueron los últimos reductos tomados por las fuerzas populares, los conventos e iglesias en los que se defendían hasta última hora las fuerzas del fascismo y de los militares rebeldes.

    Son beligerantes y han sido tratados como beligerantes… ¡Ah! ¡Cuántos dolores acarrea el estallido de la multitud! Pero en el fondo alienta siempre una justicia instintiva."
    ____________

    Companys, en los momentos previos a su fusilamiento, abandonó la masonería y se re-convirtió al catolicismo. Companys, me dicen, justo antes de su ejecución, regaló un objeto personal a su enfermera (un relog), y le dijo: "No sé per què m'afusellen". Un personaje desbordado por sus limitaciones en tiempos de perversos. Descanse en paz. Recen por él.

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  3. Cuidadín!!!
    Lo de Amalric no es un dato histórico. Se escribió 50 años después de los hechos y el cronista escribió "dicen que dijo".
    Por lo demás, excelente artículo.

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    1. No he encontrado nada de Amalric, dé más información.

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  4. Un Vaticano de Francisco impulsivo e irreflexivo23 de diciembre de 2016, 10:28

    1. "...en virtud de la derogación de los cánones garantistas para el acusado (1317, 1319, 1342,2 y 1349), al aplicar el canon 1399 pueden castigarse por este procedimiento incluso violaciones de normas no penales."

    2. "...el caso del sacerdote peruano reducido al estado laical por decreto y absuelto del delito de abusos por el tribunal civil que afirma que la denuncia fue falsa. Hace un año que espera que la Congregación para la Doctrina de la Fe y el mismo Santo Padre le devuelvan las licencias. Parece que la firma del Papa en un decreto de expulsión ex offcio a un sacerdote inocente, suscita nuevos problemas jurídicos."


    1. Es un ejemplo del descontrol jurídico del actual Vaticano de Francisco, posiblemente derivado de sus malos consultores.

    Se ha reaccionado impulsivamente en el caso de la pederastia sin comprobar las consecuencias de las reformas. Francisco y su entorno parece que se mueven a través de impulsos instintivos, bastante demagógicos y populistas, sólo sobre temas de interés mediático o que conlleven escándalo público grave, sin importar los efectos y consecuencias devastadoras, entre otros, sobre inocentes.


    2. Otro caso de irreflexión de Francisco (de sus consejeros) está en Amoris laetitia, otro dislate de disociación entre doctrina y praxis-pastoral, en la que de forma vaga y confusa, da el permiso de comulgar a los adúlteros sin continencia, invalidando la doctrina tradicional de la Iglesia.


    3. Un tercer dislate de Francisco (a través de sus asesores) es el caso de la absolución del pecado del aborto.

    Al dar esta facultad universal a todos los sacerdotes, en lugar de tenerlo como pecado reservado a los confesores penitencieros (pues quien aborta peca mortalmente pero también queda excomulgado e interviene el obispo), resulta que Francisco da la potestad general de absolver pero se olvida de la cuestión de la excomunión y su anulación, resultando un absurdo jurídico: la pecadora queda absuelta pero sigue excomulgada.

    Parece que interesa el impacto positivo mediático y una posible banalización de un tema grave como es el aborto ("todas están perdonadas por cualquier sacerdote"), y se olvidan de las consecuencias jurídico-teológicas (siguen excomulgadas).

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    1. Una de las razones por las que el aborto era un pecado reservado, es decir, que sólo lo podían perdonar los confesores penitencieros dependientes del obispo, era porque se liberaba a los sacerdotes parroquiales y conventuales de presiones y tentaciones.

      También porque era un pecado muy grave, el homicidio de un inocente desválido, el niño no nacido.

      El pecado quedaba perdonado en la culpa, absuelto, pero quedaba el cumplimiento del perdón de la pena, lo que implicaba el realizar una penitencia pública gravosa. Por eso quedaba reservado.

      Y la tercera cuestión, era porque el abortista quedaba excomulgado, por lo que realizada la absolución de la culpa del pecado, efectuada la penitencia pública para el perdón de la pena, faltaba el segundo procedimiento, el de levantamiento de la excomunión y la plena integración en la comunión con el Cuerpo Místico de Cristo.

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  5. Mn. Custodio, sacerdote ejemplar,

    echando la culpa a los Obispos. La culpa siempre la tiene el de arriba. Es una buena forma de no asumir ninguna responsabilidad.

    ¿Qué tienen en común el anticlericalismo anterior a la guerra civil y el anticlericalismo actual?

    ¿No será que todos los miembros de la Iglesia nos lo hemos ganado a pulso?

    ¿No será que el Papa Francisco tiene más razón que un santo al enumerar los males de la Iglesia en genarl y de laa Curia romana en particular?

    Los escritos de Mn. Custodio atacan, pero carecen de autocrítica. ¿Puede preguntarse si ha hecho daño a alguien?

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    1. Para su información23 de diciembre de 2016, 16:13

      Para su información y conocimiento, fue culpa exclusiva de los obispos y cardenales, tanto por autoría directa o complicidad por silencio, tolerancia y disimulo, pero sólo unos pocos, un 1% de removidos y un 2% de acusados, sobre más de 5.000 obispos, que no sólo no hicieron nada, sino que además algunos fueron responsables de pederastia.

      Desde luego, este 3% traicionaron a los Papas Pablo VI, Juan Pablo II, Benedicto XVI y Francisco I, y sobre todo, a Jesús.

      Benedicto XVI sancionó durante un año a toda la Iglesia de Irlanda por estos casos de abusos. Fue contra todos: obispos, abades, sacerdotes, religiosos, dirigentes, laicos destacados...

      Lea lo que les dijo Benedicto XVI a los católicos irlandeses:

      7. A los sacerdotes y religiosos que han abusado de niños

      Habéis traicionado la confianza depositada en vosotros por jóvenes inocentes y por sus padres. Debéis responder de ello ante Dios todopoderoso y ante los tribunales debidamente constituidos. Habéis perdido la estima de la gente de Irlanda y arrojado vergüenza y deshonor sobre vuestros hermanos sacerdotes o religiosos. Los que sois sacerdotes habéis violado la santidad del sacramento del Orden, en el que Cristo mismo se hace presente en nosotros y en nuestras acciones. Además del inmenso daño causado a las víctimas, se ha hecho un daño enorme a la Iglesia y a la percepción pública del sacerdocio y de la vida religiosa.

      https://w2.vatican.va/content/benedict-xvi/es/letters/2010/documents/hf_ben-xvi_let_20100319_church-ireland.html


      Una lista aproximada de cardenales y obispos afectados de pederastia:

      http://www.bishop-accountability.org


      Todo es responsabilidad del modernismo y progresismo teológico, así como de la hipocresía de otros obispos que eran puros criminales -o enfermos- que aparentaban santidad cuando sólo eran unos abusadores.

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  6. Este absurdo jurídica de desprotección de los derechos procesales y de inocencia de sacerdotes acusados, así como de la existencia de procedimientos sin garantías básicas, va íntimamente unido a la forma de gobernar de Francisco.

    Si recuerdo bien, Francisco ha aprobado un número de Motu Proprio tres veces mas alto que Benedicto XVI.

    El Motu Proprio es una norma jurídica de obligado cumplimiento, y equivale a un decreto.

    Sus características básicas son que no necesitan ninguna consulta previa de ningún organismo, y no necesitan refrendo alguno.

    Lo cual no deja de ser curioso: Francisco se eleva como democrático, pero en realidad, a la hora de dar leyes, se comporta como monarca absolutista o señor feudal.

    Populismo demagógico, por razón de la contradicción lógica entre el ser y el parecer, y la mala calidad de las leyes.

    Eso era el despotismo ilustrado: todo para el pueblo pero sin el pueblo.

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    1. Una reforma judicial injusta23 de diciembre de 2016, 16:26

      Motu Proprio= decretazo
      Tutela de menores= indefensión de sacerdotes
      Procedimiento de tutela de menores= juicio sumarísimo

      Por desgracia, el alarmismo del escándalo de los abusos ha llevado a la Iglesia a dos caminos de injusticia:

      - Que el Papa gobierne a través del decretazo, pues a esto se reduce el Motu Proprio, carente de garantías propias de todo proceso legislativo: consultas a organismos jurídicos, refrendo de autoridades...

      - Que el Papa haya dejado en indefensión jurídica a los sacerdotes acusados, al eliminar o reducir injustamente las garantías procesales básicas, las cuales generan la indefensión del sacerdote acusado y la instauración ilegal de los juicios sumarísimos, propio de Dictaduras, anarquías y Golpes de Estado, con ausencia o reducción ilegal de garantías procesales a los acusados.


      Tal nuevo sistema procesal sancionador eclesiástico, penal o administrativo, si vulnera principios básicos de la justicia y el derecho, puede ser recurrido ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el TEDH.

      Por lo tanto, se puede tumbar no sólo una sentencia injusta e inicua, sino también toda la nueva legislación de Francisco sobre tutela de menores, por violación de los derechos humanos en materia procesal sancionadora.

      Con lo que el escándalo sería mayúsculo, y el desprestigio de la reforma, total.

      Para proteger a los menores, se dejan indefensos a los sacerdotes. Éste es un precio que no se puede pagar en absoluto, es inicuo.

      Es decir, que para tapar la cabeza con la manta (menores), me dejo descubiertos los pies (sacerdotes indefensos). Es injusto e inicuo.

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  7. Como siempre el Padre Custodio Ballester lo borda. Esplendido articulo que desvela una vez mas que la denostada incapacidad de algunos obispillos haca que su culpa recaiga con los inocentes.
    Como cualquier mal gestor empresarial a pesar de que la empresa sea muy competitiva suspende pagos y se disurlve por la nefasta gestión enviando a sus empleados al paro y al hambre mientras ellos celebran su oedima gestion con indemnizaciones millonarias. Como los gestores de la banca publica (cajas de ahorros). Los obispillos piensan que su pesima gestion les llevara al cielo mientras sus sacerfotes son enviados al paro del infierno de la maladicencia.
    RECEMOS Y MUCHOS POR LOS SACERDOTES QUE SEAN MAS SANTOS QUE SUS OBISPOS.

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  8. ricardo de Barcelona.23 de diciembre de 2016, 16:10

    Gracias otra vez y van...

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    1. y más muchas, y muchas de muchas, y mucísimas, y más que muchísimas...

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  9. El problema es que hay sacerdotes que han violado a niños, que miembros de la iglesia lo sabían y no hicieron nada al respecto, simplemente callaron, por tanto son cómplices por omisión y silencio.
    Actualmente también están saliendo a la luz los abusos y malos tratos de algunos sacerdotes hacia las mujeres, con la idea de que a ellas las trae el demonio a las parroquias para provocarles, y claro ellos caen con unas y otras, simplemente porque algunos padecen adicción al sexo. Pero luego para que no trascienda lo que ha pasado las someten a todo tipo de humillaciones para callarlas y alejarlas.
    Todo esto tiene que acabar y la iglesia tiene que actuar, para proteger a las almas de los fieles y también a las de los sacerdotes, de los sacerdotes sanos y de los sacerdotes enfermos pederastas y adictos al sexo. La Iglesia tiene que actuar por el bien de todos.
    Gracias mossen Custodio por su artículo y por su firmeza en no callar. Oremos.

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  10. "Y lo peor es que al no haber arrancado la cizaña cuando empezaba a brotar..."
    ¿Hay que corregir o reinterpretar la parábola de la cizaña?
    Por favor: que algún entendido en la materia nos lo aclare.

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  11. Esta perversión del Derecho Canónico efectuada a toda prisa por Bergoglio y su Compañía pone a la luz una vez más el "método" jesuítico de gobierno, que en este caso es el gobierno de toda la Iglesia: el fin justifica los medios, o sea , todo vale para descabezar al enemigo. Esto supone, por supuesto, la erradicación de la verdadera justicia en el seno de la Iglesia, que, con estas medidas nazis , estalinistas y dictatoriales , deja, de facto, de ser una institución "de derecho" y pasa a ser un ente presidido por la arbitrariedad más absoluta.
    Parece, pues, que se prepara una acérrima contienda que tiene visos apocalípticos.
    San Juan Pablo II fue un gran papa pero le metieron algunos goles antológicos porque a veces pecó de ingenuo. He aquí los casos más flagrantes que, en realidad, son uno sólo: intervenir a la Compañía de Jesús, en lugar de ,simplemente, suprimirla, y dar crédito a los informes mendaces llegados de Buenos Aires que le inclinaron a elegir a Bergoglio como obispo auxiliar de la archidiócesis bonaerense.

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  12. Los maestros de los centros de primaria también pasan por el registro de delincuentes sexuales hace ya años y no se ha quejado nadie de que haya presunción de culpabilidad, el que no ha hecho nada está bien tranquilo.
    Y eso que cuando aparece un caso de pederastia entre los maestros es normalmente señalado por sus propios compañeros. No como en la iglesia que en la mayoría de casos se ha intentado cubrir el caso por parte tanto de los colegas del acusado como por parte de las instancias superiores de la iglesia.

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    1. Perdona. Cuando el caso es en un centro público, el Estado se encarga de taparlo rápidamente diciendo que se ha cumplido el "protocolo".También tapan, también...

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